A Partir Del A O 1920
Este criterio fue asumido, posteriormente, por el Tribunal Supremo Español, alprecisar que “cualquier prueba que directa o indirectamente y por cualquier nexo se le pudiera relacionar con la prueba nula, debía ser igualmente, estimada nula, (…) pues la nulidad insubsanable, (…) arrastrará a todas aquellas otras pruebas directamente relacionadas y derivadas”[3]. Es decir, que los elementos probatorios aportados como consecuencia de procedimientos inválidos deben serconsiderados como prohibidos o envenenados, pues si la fuente de la prueba aportada es inválida, entonces las disposiciones que provengan de dicha fuente también son inválidas.
Aunque este concepto metafórico otorgado a la exclusión de las pruebas derivadas de los documentos ilegales es desarrollado jurisprudencialmente, su fundamente es reconocido, incluso, en pasajes bíblicos, al precisar que “si elárbol es bueno, su fruto es bueno; si el árbol es malo, su fruto es malo, porque por el fruto se conoce el árbol” (Mateo 12:33). Este ha sido el análisis efectuado por los tribunales, pues, en base al principio de proporcionalidad, los documentos que se derivan de pruebas obtenidas vulnerando las garantías fundamentales del imputado deben poseer el mismo tratamiento que el documento principal, esdecir, deben ser considerados nulos de pleno derecho. De modo que si el principal elemento utilizado como medio probatorio es legal, las pruebas derivadas pueden ser admitidas por ser validas jurídicamente, en cambio, si dicho elemento es obtenido ilegítimamente, sus frutos deben ser considerados inválidos.
Evidentemente esta teoría posee doctrinas en contrario, pues, como bien ha señalado elTribunal Superior Español, “cuando la prueba tachada de ilícitamente obtenida hubiera llegado en todo caso a la causa, porque el juez de instrucción de todos modos hubiera tenido que decretar la diligencia cuestionada, surge la doctrina del –inevitable discovery- , -mediante la cual se afirma que cuando- las circunstancias hubieren llevado necesariamente al mismo resultado, no es posible vincularcausalmente la segunda prueba a la anterior, pues en tales casos faltará la llamada –conexión de antijurídica- que, en realidad presupone, en todos los casos, una conexión causal”[4]. Ahora bien, apartándonos de la discusión sobre la validez o relevancia de una doctrina u otra, entendemos necesario delimitar, para los fines de esta investigación, la teoría del árbol envenenado a aquellas pruebasderivadas de elementos ilícitos que afectan directamente los derechos fundamentales del imputado. En tal sentido, el principio general sería la exclusión de las pruebas derivadas que afecten directamente las garantías fundamentales estipuladas en el Código Procesal Penal y, por consiguiente, la excepción recae sobre la admisión de las pruebas que su ilegalidad afecta un aspecto secundario o sin...
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