D. Laboral
El 25 de Enero de 1918 el Sr. Secretario General de Estado de Nuevo León J. L. González, giro un oficio donde se asentaba el deseo del C. Gobernador del Estado para que a la brevedad posible quedara debidamente establecida la Junta Central de Conciliación y Arbitraje de este Estado, a fin de dar inmediata solución a las diferencias o conflictos que surgieran entre el Capital y elTrabajo. Posteriormente, el 25 de Marzo de 1918, se declaró debidamente instalada la Junta de Conciliación y Arbitraje del Estado, ante la presencia del Sr. Ing. Roberto Gayol y D. Juan Torres en representación de los patrones y el Gobierno, respectivamente, y los Sres. Alfredo de León y Luis G. Cortés debidamente acreditados como representantes de los obreros; en el mismo acto se designó un localen el Palacio de Gobierno para que tuvieran su primera Junta.
MISIÓN:
Armonizar y equilibrar los intereses de los factores de la producción, solucionando los conflictos entre los mismos, con justicia, celeridad y calidad.
VISIÓN 2015:
Trascender por solucionar conflictos laborales a través de la conciliación y resoluciones conforme a las normas de trabajo, por su personal capacitado y convocación de servicio, a fin de mantener la paz laboral en el Estado.
COMPETENCIAS JUNTAS ESPECIALES
Las ramas de la industria y actividades que están representadas en la Junta Local de Conciliación y Arbitraje del Estado, se distribuyen en las Juntas Especiales en los siguientes términos.
Junta Especial número uno
Azulejo, cerámica, sanitarios, acero, alambre, fierro, lamina, troqueles,corcholata, muebles y reparación de muebles, colchones, tapices y tapicerías, vidrieras, cristalerías, talleres de carpintería y pinturas.
Junta Especial número dos
Galletas, harina, pasta, granos secos, molinos para nixtamal, tortillerías y productos derivados, calzado, sastrerías, lavanderías, tintorerías y planchado de ropa, carnicería, salchichonerías, neverías, alquiladoras de películas,librerías, templos, circos, teatros y espectáculos en general, venta de papel y cartón.
Junta Especial número tres
Transportes urbanos de pasajeros y carga, autos de alquiler, artículos eléctricos y electrónicos, artículos de tocador, venta de artículos de hule, ropa, escobas, trapeadores, agua y drenaje, aceites y jabones, perfumería, estudios fotográficos, seguros e instituciones de crédito.Junta Especial número cuatro
Ladrillo, mosaico, periódicos, artes graficas en general y artículos similares, baterías y pilas secas, artículos de ixtle, despepitadotes y compresores de algodón, ensambladoras, agencias de automóviles y maquinaria agrícola, agencias de inhumación y cementerios, mensajerías, compañías de seguridad, transporte de valores, veladores, jardineros y domésticos.
JuntaEspecial número cinco
Abarrotes, dulcerías, cigarros, chocolates, fósforos, vinaterías, cantinas, hielo, restaurantes, hoteles, centros nocturnos, cerveza, venta de refrescos, relojerías, joyerías, quintas, granjas, ranchos y huertas.
Junta Especial número seis
Construcciones y constructoras, impermeabilizadora, venta de cemento, yeso, cal y artículos para la construcción, tlapalerías yferreterías, servicios de albañilería, instalaciones eléctricas, de tubería, hidráulicas e industriales.
Junta Especial número siete
Conoce de problemas laborales de trabajadores académicos y administrativos de la Universidad Autónoma de Nuevo León.
Junta Especial número ocho
Con residencia en el Municipio de Linares y con jurisdicción territorial en los municipios de Allende, Aramberri,Doctor Arroyo, Galeana, General Terán, Hualahuises, Iturbide, Mier y Noriega, Rayones y Zaragoza, correspondiéndole el conocimiento de todas las ramas de la industria y actividades comerciales y de servicios de competencia local, excepto el caso de asuntos colectivos, siendo aplicable por analogía lo dispuesto en el último párrafo del artículo 606 de la Ley Federal del Trabajo, para el caso de los...
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