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Reconocimiento y Medición de
Contratos De Concesiones en las
Entidades Gubernamentales
Concedentes”
OSCAR PAJUELO RAMÍREZ
CONTADOR GENERAL DE LA NACIÓN
MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS
DIRECCIÓN GENERAL DE CONTABILIDAD PÚBLICA - PERÚ
BRECHA DE INFRAESTRUCTURA EN EL PERÚ
En millones de dólares
US$ 87 975
Fuente: Proinversión
EVOLUCIÓN DE LAS APP’s
Asociación PúblicoPrivada - Definición
Las Asociaciones Público - PrivadasAPP es una relación jurídica en la que
el sector privado provee algún
servicio, obra de infraestructura o
proyecto que tradicionalmente es
suministrado por el ESTADO.
Pueden adoptar diversos esquemas:
• Diseño, financiamiento total o
parcial, la construcción, operación y
mantenimiento de la obra,
• Establecen obligaciones y derechos,pagos,
prestaciones,
responsabilidades y garantías que
pueden afectar el presupuesto del
gobierno.
ASOCIACIÓN PÚBLICO PRIVADA- DEFINICIÓN
•
VIRTUDES:
o
o
o
•
Permiten realizar inversión pública sin incrementar deuda
pública.
Se pueden financiar total o parcialmente a través del cobro a los
usuarios.
Fomentan innovación y ganancias de eficiencia en el diseño, que
derivan en una obra o servicio demayor calidad y o menor costo.
RIESGOS:
o
o
La inversión no se refleja adecuadamente en el Presupuesto
público, generando ilusión fiscal o gasto extrapresupuestario
Incrementan los compromisos fiscales futuros reduciendo el
espacio fiscal, también genera ilusión fiscal o deuda
expresupuestaria.
COSTOS FISCALES DERIVADOS DE LAS APP’S
•
PASIVOS CONTINGENTES
o
La inversión no tiene usoalternativo
o
El privado solo obtiene el “derecho a explotar la obra”,
o
o
Las garantías incluyen la cobertura de riesgos de demanda,
tarifas, tasas de interés, t.c. tributarias, de construcción,
ambientales, estabilidad jurídica y política, entre otros.
Estas garantías generalmente no se reflejan en los balances y
no tienen registro presupuestario hasta que se refleja el
impacto presupuestario.COSTOS FISCALES DERIVADOS DE LAS APP’S
•
Compromisos Explícitos
o
o
o
o
Son los pagos que realiza el concedente al operador
Se producen cuando los flujos generados no alcanzan el
financiamiento previsto o comprometido, constituyéndose en
compromisos firmes.
En la infraestructura social es el gobierno quien compra o paga
los servicios y no depende del nivel que pudiera tener la
demanda.Cuando surge un aspecto no cubierto en el contrato por
incremento de obras o servicios puede generar pagos
explícitos, que no tienen impacto presupuestario.
ASOCIACIÓN PÚBLICO PRIVADA- CLASIFICACIÓN
SEGÚN D.L. 1012
Autosostenibles
• Aquellas que se financian a través de las tarifas
que pagan los usuarios o de precios, peajes o
modalidad similar de recuperación de inversión.
Cofinanciadas
•Aquellas que requieren de cofinanciamiento
(desembolso único o periódico de recursos
públicos) o del otorgamiento o contratación de
garantías financieras o no financieras que tengan
una probabilidad significativa de demandar el uso
de recursos públicos.
MODALIDADES CONTRACTUALES DE ASOCIACIONES PÚBLICO PRIVADAS APP’S
Concesiones
Asociación en
Participación
Por Contrata
Administración
DirectaModalidad de
Ejecución de PIP
Contratos de
Gerencia
Asociación Público
Privada APP
Administración
Indirecta
Contratos de
Riesgo Compartido
Núcleo Ejecutor
Contratos de
Especialización
Obras por
Impuestos - Ley
29230
Otra modalidad
contractual
permitida por ley
DECRETO SUPREMO
Nº 127-2014-EF Art.
4° segundo párrafo
I.
OBJETO DE LA DIRECTIVA
Establecer lineamientos para el reconocimiento,medición,
registro contable y revelación en los Estados Financieros, de
los contratos de concesión de servicios, donde las entidades
gubernamentales actúen como concedentes, en armonía con
Normas Internacionales de Contabilidad del Sector Público
NICSP
II.
BASE LEGAL
Además de la normatividad relacionada con las Asociaciones Público
Privadas, se menciona las Normas Internacionales de Contabilidad...
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