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Páginas: 28 (6836 palabras) Publicado: 5 de julio de 2015
Ratio Iuris. Revista de Derecho Privado. Año I, N° 2, 2013
ISSN: 2347-0151

CONTRATO DE SERVICIOS TURÍSTICOS

Graciela Ritto

Resumen

El contrato de servicios turísticos está regulado en nuestro derecho por la
ley 18.829, su decreto reglamentario, 2182/72 y el Convenio Internacional de
Bruselas. Hay en el contrato conexidad contractual, por lo que se trata de negocios
jurídicos coordinados haciaun objetivo económico común y la vinculación jurídica
entre el agente de viajes y el turista es una típica relación de consumo, por lo que se
aplica subsidiariamente la normativa consumerista. Ello implica también que la
responsabilidad se rige por el artículo 40 de la ley 24240, es objetiva y se extiende
solidariamente a todos los integrantes de la cadena de comercialización.

Abstract

Thecontract of tourist services is regulated in our right by law 18.829, its
prescribed decree, 2182/72 and the International treaty of Brussels. It has in the
contract, contractual connection, reason why is coordinated legal businesses
towards a common economic objective and the legal entailment between the agent
of trips and the tourist is a typical relation of consumption, reason why the
consumeristanorm is applied subsidiarily. It also implies that the responsibility is
governed by article 40 of law 24240, is objective and it extends shared in common to
all the members of the commercialization chain.

Palabras clave

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Ratio Iuris. Revista de Derecho Privado. Año I, N° 2, 2013
ISSN: 2347-0151

Contrato de servicios turísticos – conexidad contractual – relación de
consumo –responsabilidad.

Keywords

The contract of tourist services - contractual connection - relation of
consumption - responsability

I.

Introducción

Nos interesa abordar la problemática del contrato de servicios turísticos por
su trascendencia y utilización masiva en el mundo globalizado, y por sobre todo las
consecuencias que de ese uso masivo se derivan.
Dicha

contratación

conlleva

una

necesaria

conexidadcontractual,

confluyendo para el logro del objetivo común, diversas y complejas operaciones
jurídicas.
El contrato se rige en nuestro derecho por un marco regulatorio específico,
aplicándose además en lo que correspondiere el Convenio Internacional de
Bruselas.
Es un contrato de adhesión a cláusulas generales predispuestas, por lo que
prima la interpretación a favor del consumidor y además ladoctrina y la
jurisprudencia son contestes en la actualidad en la aplicación de la normativa
consumeril.
Sin embargo, lo que nos parece más relevante, es la consagración de la
responsabilidad objetiva y solidaria del agente de viajes de conformidad con el art.
40 de la LDC, por la jurisprudencia reciente.
La tendencia tradicional era aplicar las normas de responsabilidad del
Convenio de Bruselas,cuyo factor de atribución es subjetivo y que hoy cede frente a

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Ratio Iuris. Revista de Derecho Privado. Año I, N° 2, 2013
ISSN: 2347-0151

la LDC, en virtud de ser norma más favorable para el viajero en los mismos términos
del art. 2º de dicho Convenio.

A Regulación jurídica del contrato de servicios turísticos:

La ley 18.829 y su decreto reglamentario 2182/72 regulan la actuación de
losagentes de viaje y la ley 25.999 lo hace para las agencias de viaje de turismo
estudiantil, siendo la ley 18.828 la que rige la actividad hotelera.

Nuestro país ha adherido mediante ley 19.918 al Convenio Internacional
sobre contratos de viaje, celebrado en Bruselas en 1970.

II. El Convenio de Bruselas

El Convenio en su artículo 1º define al contrato de viaje, al contrato de
organización de viajey al contrato de intermediario de viaje:

Contrato de Viaje: se refiere a un contrato de organización de viaje o bien a
un contrato de intermediación de viaje.

Contrato de organización de viaje: cualquier contrato por el cual una
persona se compromete en su nombre a procurar a otra, mediante un precio global,
un conjunto de prestaciones combinadas de transporte, de estadía distintas del...
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