abolicion del regimen
El clero presente en la Asamblea renunció también al diezmo.
A las dos de la mañana, se cerró la sesión no sinantes proclamar a Luis XVI "restaurador de la libertad francesa"
DECRETO DE LA ASAMBLEA NACIONAL CONSTITUYENTE
Art. 1. La Asamblea Nacional suprime enteramente el régimen feudal y decreta quelos derechos y deberes, tanto feudales como censales, los que se refieren a la mano muerta real o personal y a la servidumbre personal y los que los representan, son abolidos sin indemnización, y todoslos demás declarados redimibles, y que el precio y el modo de la redención serán fijados por la Asamblea Nacional
Art. 3. El derecho de caza y coto abierto queda de igual forma abolido...
Art. 4.Todas las justicias señoriales son suprimidas sin ninguna indemnización...
Art. 5. Los diezmos de cualquier tipo y los censos a que dieran lugar bajo cualquier denominación con que sean conocidos ypercibidos, incluso por abono, poseídos por los cuerpos regulares y seculares, como sus beneficios, los edificios y todo tipo de manos muertas, incluso de la Orden de Malta y otras órdenes religiosas...
Regístrate para leer el documento completo.