Aborto en derecho penal
Sostuvieron que la reforma al Código Penal en Guanajuato que redujo las sanciones para lasmadres que maten a sus hijos, carece de respaldo social porque en la mayoría de la sociedad mexicana se mantiene vigente el principio del respeto a la defensa de la vida del o de los hijos, por encimade cualquier circunstancia y aquellos que pretenden hacer ver la muerte de un hijo como “normal” o parte de un derecho, están siendo rebasados por la sociedad.
Ivette Laviada, presidenta de la RedPro-Yucatán y Patricia López Mancera, directora del Centro de Estudios para la Mujer (CEFIM-Cancún), señalaron que aquellos intereses ocultos que llevan a grupos radicales a presionar a las instanciaspúblicas –gobernador, presidente municipal y legisladores- para hacer de la muerte del hijo que ha nacido, un derecho o la ampliación de libertades de la mujer “no tendrá eco en otras entidades delpaís”.
Así, externaron su preocupación porque ahora se considere como delito no grave que una madre atente contra la vida de su hijo siempre y cuando lo haga en las primeras 24 horas de nacido.Explicaron que la sociedad civil organizada apoyó mayoritariamente las reformas constitucionales a favor de la vida aprobadas en 17 estados de la República, las cuales dejaron intactas las cláusulas deexclusión que permiten eliminar la pena de cárcel para casos de aborto por violación, peligro de vida para la madre, mal congénito del bebé y accidente, acción imprudencial o aborto espontáneo,principalmente, lo cual, es totalmente distinto al homicidio en razón de parentesco.
Precisaron que para quien cometa el delito de aborto o consienta que otro le hiciera abortar, los Códigos Penales de todo...
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