ACUERDO NUEVA FECHA REINSTALACION PROV
- - - A sus autos, para que surta efectos el acta levantada por el C.Actuario de la adscripción JUAN CARLOS NOLASCO MANCILLA, de fecha dieciséis de noviembre del año dos mil once, mediante la cual expone los motivos por los cuales no fue reinstalado provisionalmente eltercero perjudicado FLORES CONTREARS JOSE LUIS, y en atención a lo solicitado por el apoderado del tercero perjudicado de nueva cuenta se señalan las DIEZ HORAS DEL DIA CINCO DE ENERO DEL AÑO DOS MILDOCE, para que el C. Actuario adscrito proceda a reinstalar provisionalmente en su empleo al ya citado tercero perjudicado, en los términos establecidos en la interlocutoria de suspensión de fechaVeinte de Octubre del año Dos Mil Once, dictada en la presente carpeta de amparo. Se comisiona al C. Actuario para que lleve acabo la citada reinstalación provisional, levante acta circunstanciada de estadiligencia y de cuenta con su resultado a esta Junta para que provea lo conducente. Apercibiéndose al C. JOSE LUIS FLORES CONTRERAS, que deberá comparecer una hora antes de la señalada en el local deésta Junta, a fin de se asocie con el C. Actuario y trasladarse al domicilio de la reinstalación provisional, apercibido que de no comparecer a la misma, dejaran de correr salarios vencidos a su favor.Deberá el C. Actuario notificar personalmente el presente proveído a las partes en sus domicilios señalados en autos y les correrá traslado con copia del mismo, lo anterior para todos los efectoslegales conducentes. Por otro lado, se apercibe al quejoso, que de no llevar a cabo la reinstalación provisional ordenada, a su apoderado y/o representante legal o a la persona con quien se entiendadicha diligencia, le será aplicado lo dispuesto por la fracción I del artículo 731 de la Ley Federal del Trabajo, toda vez que se trata de garantizar la subsistencia del trabajador en tanto se...
Regístrate para leer el documento completo.