Acuerdo por el que declara a los Estados Unidos Mexicanos como libre de Fiebre Porcina Clásica
Martes 14 de agosto de 2012 DIARIO OFICIAL (Primera Sección)
SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, DESARROLLO RURAL, PESCAY ALIMENTACION
ACUERDO por el que se declara a los Estados Unidos Mexicanos como libre de fiebre porcina clásica.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados UnidosMexicanos.- Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación.
FRANCISCO JAVIER MAYORGA CASTAÑEDA, Secretario de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación,con fundamento en lo dispuesto en los artículos 12 y 35 fracción XXII de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 4o. de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; 4o. último párrafo,6o. fracción XXI, 26, 27 fracción IV, 55, 56, 61 y 161 fracción V de la Ley Federal de Sanidad Animal; 3o. fracción III, 6o. fracción XXIII; 1o., 2o. letra D fracción VII; 5o. fracción XXII y octavotransitorio del Reglamento Interior de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, en correlación con el artículo 49 fracciones II y V del Reglamento Interior de laSecretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 10 de julio de 2001, y de conformidad con lo establecido en los puntos1.1, 3.41., 4.9. y 5.4. de la Norma Oficial Mexicana NOM-037-ZOO-1995, Campaña Nacional contra la fiebre porcina clásica, y
CONSIDERANDO
Que es facultad de la Secretaría de Agricultura, Ganadería,Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, declarar zonas libres de enfermedades y plagas que afectan a los animales;
Que por Acuerdo publicado en el Diario Oficial de la Federación, el 25 de marzo de1980 se estableció en el territorio nacional con carácter de obligatorio, la Campaña Nacional contra el cólera porcino y por diverso de fecha 28 de septiembre de 1992, se cambió el nombre por...
Regístrate para leer el documento completo.