Aduana
Tipo de Norma: LEY Número:
16
Referencia:
Fecha(dd-mm-aaaa): 29-08-1979 Año: 1979 Titulo: POR LA CUAL SE CREA LA DIRECCION GENERAL DE ADUANAS DEL MINISTERIO DE HACIENDA Y TESORO, SE LE ASIGNAN FUNCIONES Y SE DICTAN OTRAS DISPOSICIONES.
Dictada por: CONSEJO NACIONAL DE LEGISLACION Gaceta Oficial: 18919 Publicada el: 28-09-1979 Rama delDerecho: DER. ADMINISTRATIVO, DER. FINANCIERO Palabras Claves: Leyes aduaneras, Código Fiscal, Instituciones del Estado, Importaciones Exportaciones, Controles de exportación
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G.O. 18919
LEY 16 (de 29 de agosto de 1979) Por la cual se crea la Dirección General de Aduanas del Ministerio de Hacienda y Tesoro, se leasignan funciones y se dictan otras disposiciones. EL CONSEJO NACIONAL DE LEGISLACIÓN
DECRETA:
TITULO I DIRECCION GENERAL DE ADUANAS
CAPITULO I
ORGANIZACIÓN DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE ADUANAS
Artículo 1.
Créase en el Ministerio de Hacienda y Tesoro la Dirección General de
Aduanas, organismo que tendrá a su cargo todo lo relacionado con el desarrollo de los programas y la ejecuciónde las normas relativas a la Administración y Fiscalización de los Tributos Aduaneros.
Artículo 2.
La Dirección General de Aduanas es responsable de la administración,
reconocimiento, control y fiscalización de los tributos aduaneros; así como de la prevención, investigación y sanción de los fraudes e infracciones a las leyes aduaneras en toda la República.
Artículo 3.
La DirecciónGeneral de Aduanas estará integrada por un Director
General y un Sub-Director, quienes serán de libre nombramiento y remoción del Poder Ejecutivo.
Artículo 4.
Para el mejor funcionamiento y operación de la Dirección General de
Aduanas, el Órgano Ejecutivo podrá crear los departamentos o unidades administrativas necesarios para tal fin.
CAPITULO II Dirección General de AduanasArtículo 5.
El Director General de Aduanas tendrá mando y jurisdicción en todo el
territorio nacional en los asuntos de su competencia y le corresponde desarrollar los
ASAMBLEA NACIONAL, REPÚBLICA DE PANAMÁ
programas y poner en ejecución las normas para el cumplimiento de las labores relacionadas con la administración, reconocimiento, control y fiscalización de los tributos aduaneros, asícomo la prevención, investigación y sanción de los fraudes e infracciones de las leyes y reglamentos de carácter aduanero en toda la República.
Artículo 6.
: Son funciones del Director General de Aduanas:
1. Cumplir y hacer cumplir las disposiciones del Libro Tercero del Código Fiscal y de las leyes, decretos, resoluciones y reglamentos aplicables al sector aduanero. 2. Dirigir ycoordinar las actividades de la Dirección, dictar instrucciones para la buena marcha de las Aduanas y adoptar las disposiciones que se requieran para mejorar el servicio. 3. Prevenir y aprehender el contrabando tanto de importación como de exportación y resolver consultas, reclamaciones y controversias. 4. Fiscalizar la importación, exportación, tránsito de mercancías y las demás actividades que serelacionan con las mismas y con el comercio exterior del país. 5. Coadyuvar con las demás entidades oficiales que intervienen en la delimitación de las áreas fronterizas de vigilancia. 6. Liquidar los impuestos, derechos y tasas de carácter aduanero y los demás gravámenes establecidos por la Ley. 7. Llevar registro y supervisión del funcionamiento de las agencias de aduanas. 8. Asesorar al Ministro enla formulación de la política tributaria aduanera. 9. Las demás funciones y atribuciones que le asigne el Código Fiscal, las disposiciones legales vigentes, los Reglamentos y el Ministro.
Artículo 7.
El Órgano Ejecutivo en cualquier momento podrá disponer la
modificación, suspensión o anulación de las Resoluciones dictadas por el Director General de Aduanas, mediante Resolución que...
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