APARTADO C 20 CONSTITUCIONAL
C
Antes de la reforma
reforma
Comentarios
De la víctima o del ofendido:
De los derechos de la víctima o del ofendido
Se reconocen expresamente por la Constitución los derechos de lavíctima o del ofendido en el procedimiento.
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I. Recibir asesoría jurídica; ser informado de los derechos que en su favor establece la Constitución y, cuando lo solicite, ser informado del desarrollodel procedimiento penal;
I. Recibir asesoría jurídica; ser informado de los derechos que en su favor establece la Constitución y, cuando lo solicite, ser informado del desarrollo del procedimientopenal
SIN REFORMA
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II. Coadyuvar con el Ministerio Público; a que se le reciban todos los datos o elementos de prueba con los que cuente, tanto en la averiguación previa como en el proceso, y a que sedesahoguen las diligencias correspondientes.
Cuando el Ministerio Público considere que no es necesario el desahogo de la diligencia, deberá fundar y motivar su negativa;
II. Coadyuvar con elMinisterio Público; a que se le reciban todos los datos o elementos de prueba con los que cuente, tanto en la investigación como en el proceso, a que se desahoguen las diligencias correspondientes, y aintervenir en el juicio e interponer los recursos en los términos que provee la ley
Cuando el Ministerio Público considere que no es necesario el desahogo de la diligencia, deberá fundar y motivar sunegativa;
Se establece una nueva dimensión constitucional de la coadyuvancia para los efectos de que la víctima pueda intervenir directamente en el juicio e interponer los recursos en los términos queestablezca la ley.
Se trata de dar reconocimiento a la víctima como un auténtico sujeto procesal, es decir, permitir que pueda adherirse a la acusación del Ministerio Público.
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III. Recibir, desde lacomisión del delito, atención médica y psicológica de urgencia;
III. Recibir, desde la comisión del delito, atención médica y psicológica de urgencia
SIN REFORMA
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IV. Que se le repare el daño....
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