Articulo 27 Constitucional
Al amparo del artículo 27 constitucional, Lázaro Cárdenas nacionalizó el petróleo, e inició de forma masiva la reforma agraria. La creación y constitución de ejidos empezóa extenderse por todo el país y aunque los gobiernos posteriores trataron de frenar este proceso no fue sino hasta Carlos Salinas de Gortari que un Presidente fue capaz de decir que el repartoagrario en México se había acabado.
Al amparo constitucional, los pueblos y comunidades que solicitaban la dotación de tierras bajo la forma ejidal asumían la propiedad de la tierra que les ligaba enprincipio a sus comunidades, es decir, la tierra otorgada bajo esta forma era repartida de manera equitativa entre todos los miembros que vivían en la comunidad y, por tanto, podían trabajarla; la tierrapodía ser transmitida de padres a hijos, pero en ningún caso se admitía su venta y mucho menos su embargo, representando así la garantía de que. Al menos, todos los miembros de la comunidad tendríanun trozo de tierra para sobrevivir
En las décadas siguientes a Cárdenas, los expedientes agrarios sin resolver, unos de constitución de nuevos ejidos, otros de ampliación de los ya existentes, seacumularon por millares. Pese a todo, los campesinos en México, en su mayoría indígenas, mantenían la esperanza de ver, en algún momento, resueltas favorablemente sus demandas. Esa esperanza permeaba elpaís de norte a sur, incluido Chiapas donde miles de indígenas habían emigrado hacia la zona de la Selva a partir de los años 40 formando nuevos centros de población y solicitando para los mismos lacorrespondiente dotación de tierras. Es obligado decir que, en diferentes momentos, este éxodo a la selva fue alentado por los Gobiernos Federal y Estatal como forma de aliviar la presión quecampesinos sin tierras ejercían sobre los latifundios camuflados, propiedad de finqueros y ganaderos.
Cuando ya en la década de los noventa; Salinas comenzó a negociar con Estados Unidos y Canadá el...
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