ARTICULO 68
El artículo dice que las autoridadeseducativas deben impulsar a la sociedad para que participen en actividades que sean favorables para la educación.
Artículo 69.- Será responsabilidad de la autoridad de cada escuela pública deeducación básica vincular a ésta, activa y constantemente, con la comunidad.
La autoridad escolar hará lo conducente para que en cada escuela pública de educación básica opere un consejo escolar departicipación social.
Artículo 70.- En cada municipio operará un consejo municipal de participación social en la educación integrado por las autoridades municipales, padres de familia maestros ydirectivos de escuelas.
Será responsabilidad del presidente municipal que en el consejo se alcance una efectiva participación Social.
Artículo 71.- En cada entidad federativa funcionará un consejoestatal de participación social en la educación, como órgano de consulta, orientación y apoyo.
Este consejo promoverá y apoyará entidades extraescolares de carácter cultural, cívico, deportivo y debienestar social.
Artículo 72.- La Secretaría promoverá el establecimiento y funcionamiento del Consejo Nacional, como instancia nacional de consulta, colaboración, apoyo e información.
Artículo73.- Los consejos de participación social se abstendrán de intervenir en los aspectos laborales y no deberán participar en cuestiones políticas ni religiosas.
Artículo 74.- Los medios decomunicación masiva, contribuirán al logro de las finalidades en el artículo 7, conforme a los criterios del artículo 8o.
Artículo 75.- Son infracciones de quienes prestan servicios educativos:
I.-Incumplir cualquiera de las obligaciones previstas en el artículo 57;
II.- Suspender el servicio educativo sin que medie motivo justificado.
IV.- No utilizar los libros de texto que la...
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