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f) Calidad de un bien o servicio: El conjunto total delas propiedades, ingredientes o componentes que lo constituyen, determinan distinguen o individualizan. La calidad incluye la determinación de su nivel o índice de contaminación y de los efectos conocidos que ese nivel de contaminación puede producir ARTICULO 2o. Calidad de los bienes y servicios: Salvo lo dispuesto en las normas técnicas de calidad que se adopten en desarrollo y de conformidadcon el Decreto 2416 de 1971 y demás disposiciones que lo modifiquen, aclaren, complementen o reglamenten, y del régimen de licencia o registro legalmente obligatorios, todo productor de bienes o servicios es libre de adoptar la tecnología de producción que estime más adecuada para asegurar la calidad y la absoluta idoneidad de aquellos en los términos del presente Decreto.
ARTICULO 3o. Registro decalidad e idoneidad de los bienes y servicios:
Sin perjuicio del régimen de "licencia de fabricación" establecido en el Decreto 2416 de 1971 y de cualquier otro régimen de registro o licencia de bienes o servicios legalmente establecido, todo productor o importador podrá registrar ante la Superintendencia de Industria y Comercio, las características que determinen con precisión la calidad eidoneidad de aquellos. La Superintendencia de Industria y Comercio organizará todo el sistema de registro de que trata en enciso anterior, podrá confiar a otras entidades públicas o a las Cámaras de Comercio la recepción de la documentación correspondiente y establecer tarifas por concepto de registro, así como definir su destinación.
ARTICULO 4o. Carácter del registro: El registro de que trata elartículo anterior es de carácter público. En consecuencia, toda persona tiene derecho a conocer y a solicitar y obtener de la Superintendencia de Industria y Comercio, copia del mismo.
ARTICULO 5o. Condiciones del registro de Calidad e Idoneidad: La Superintendencia de Industria y Comercio podrá determinar, mediante resolución, las condiciones que debe reunir el registro de Calidad e Idoneidad debienes y servicios, según la naturaleza y clase de éstos. En ausencia de esta determinación, el productor o importador podrá efectuar el registro sin limitación o condicionamiento, pero con sujeción a las nociones de calidad e idoneidad definidas en el artículo 1o.
ARTICULO 6o. Sujeción del registro a las normas técnicas oficializadas: Si existiere norma técnica oficializada de calidad de un bien...
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