auditoria
Artículo 18. Además de las contenidas en otros artículos de este Código, los trabajadores tienen las siguientes obligaciones:
2. realizar eltrabajo en el modo y tiempo convenidos con el empleador;
3. cumplir con las jornada, horario de trabajo, con las órdenes e instrucciones de trabajo del empleador;
4. procurar el incremento de laproducción y de la productividad, en su caso;
5. observar una conducta respetuosa con el empleador y con sus compañeros de trabajo, evitando riñas y llegar a vías de hecho;
6. guardar el debido sigiloacerca de secretos técnicos, comerciales y de fabricación de la empresa;
7. utilizar los bienes, recursos y materiales con el cuidado debido, para los fines que fueron destinados y restituir elequipo de trabajo o vivienda, en su caso, una vez concluido el trabajo para que les fueron proporcionados;
8. prestar el auxilio necesario en caso de siniestro o riesgo inminente en que peligren losintereses de la empresa o de sus compañeros de trabajo;
9. asistir a los cursos y demás actividades de capacitación o adiestramiento que se convengan con el empleador;
10. cumplir con las medidasque correspondan para evitar riesgos y accidentes de trabajo;
11. no trabajar bajo los efectos de bebidas alcohólicas, de drogas o en otra condición análoga;
12. no portar armar de cualquier tipodurante el trabajo, salvo aquellas que puedan utilizarse en función de la ocupación que desempeñan;
13. no someter a ofertas ventajosas o amenazas de represalias a otro trabajador con el fin deobligarle a tener relaciones sexuales.
Derechos laborales
Según establece el artículo 4 de la sección 2ª del Estatuto de los Trabajadores, los trabajadores tienen como derechos básicos, con el contenidoy alcance que para cada uno de los mismos disponga su específica normativa, los de:
a) Trabajo y libre elección de profesión u oficio.
b) Libre sindicación
c) Negociación colectiva.
d)...
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