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Páginas: 13 (3178 palabras) Publicado: 4 de noviembre de 2014
Resolucin por la que se expiden las Disposiciones de carcter general mediante las cuales se establecen los requisitos que se debern satisfacer al solicitar la autorizacin para constituir y operar una casa de cambio (no filial). JOS FRANCISCO GIL DAZ, con fundamento en lo dispuesto por los artculos 31, fraccin VIII, de la Ley Orgnica de la Administracin Pblica Federal, 1, 5 Bis-1, segundo prrafo,en relacin con el 51-A, 56, segundo prrafo, 81, 82 y 83, fraccin I, de la Ley General de Organizaciones y Actividades Auxiliares del Crdito, y en ejercicio de las atribuciones conferidas por el artculo 6, fraccin XXXIV, del Reglamento Interior de la Secretara de Hacienda y Crdito Pblico, CONSIDERANDO Que, de conformidad con el artculo 81 de la Ley General de Organizaciones y Actividades Auxiliaresdel Crdito, para realizar en forma habitual y profesional operaciones de compra, venta y cambio de divisas, incluyendo las que se lleven a cabo mediante transferencias o trasmisiones de fondos, con el pblico dentro del territorio nacional, se requiere autorizacin de la Secretara de Hacienda y Crdito Pblico que, en trminos del artculo 82 de ese mismo ordenamiento, se otorga a sociedades annimasque se denominan casas de cambio, para lo cual dicha autorizacin podr ser otorgada o denegada discrecionalmente por esta misma Secretara Que, en trminos del artculo 83, fraccin I, de la Ley General de Organizaciones y Actividades Auxiliares del Crdito, las solicitudes de autorizacin para operar casas de cambio deben acompaarse, adems de la documentacin a que se refiere dicho precepto, de aqulla quela Secretara de Hacienda y Crdito Pblico estime conveniente para avalar la solicitud respectiva Que, de conformidad con el segundo prrafo del artculo 5 Bis-1, de la Ley General de Organizaciones y Actividades Auxiliares del Crdito, los requisitos de presentacin y plazos, as como otra informacin relevante aplicable a las promociones que realicen las casas de cambio, entre otras, debern precisarseen disposiciones de carcter general Que, conforme a la parte final del artculo 1 de la Ley General de Organizaciones y Actividades Auxiliares del Crdito, la Secretara de Hacienda y Crdito Pblico es el rgano competente para interpretar para efectos administrativos los preceptos de dicha Ley y, en general, para todo cuanto se refiera a las organizaciones y actividades auxiliares del crdito que,asimismo, en trminos del artculo 51-A de la Ley citada, la referida Secretara est facultada para solicitar informacin y documentacin a las casas de cambio, dentro de los plazos que ella misma establezca y que, por ltimo, conforme al segundo prrafo del artculo 56, de ese mismo ordenamiento, las casas de cambio debern rendir a la Secretara de Hacienda y Crdito Pblico, en la forma y trminos que al efectoestablezca, la informacin y documentacin a que se refiere dicho artculo para los fines ah indicados, y Que, por lo anterior y con el fin de dotar de mayor certidumbre jurdica y agilizar los plazos de respuesta a los particulares respecto a las solicitudes de autorizacin que presenten para operar casas de cambio (no filiales), la Secretara de Hacienda y Crdito Pblico ha determinado emitirdisposiciones de carcter general, con el fin de precisar los requisitos que dichas solicitudes deben satisfacer para obtener la autorizacin correspondiente. En trminos de la fundamentacin expresada anteriormente, se emite la siguiente RESOLUCIN POR LA QUE SE EXPIDEN LAS DISPOSICIONES DE CARCTER GENERAL MEDIANTE LAS CUALES SE ESTABLECEN LOS REQUISITOS QUE SE DEBERN SATISFACER AL SOLICITAR LA AUTORIZACINPARA CONSTITUIR Y OPERAR UNA CASA DE CAMBIO (NO FILIAL). PRIMERA.- Para los efectos de la presente resolucin, se entender por I. Ley, a la Ley General de Organizaciones y Actividades Auxiliares del Crdito, y II. Secretara, a la Secretara de Hacienda y Crdito Pblico. SEGUNDA.- La solicitud para obtener la autorizacin a que se refiere el artculo 81 de la Ley deber presentarse a la Secretara, por...
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