Belice Guatemala
AÑO 1997 (Diferendo territorial Guatemala-Belice)
Los juristas guatemaltecos Alberto Herrarte González y Gabriel Orellana Rojas plantearon
unaacción de inconstitucionalidad en contra de la “Convención entre la República de
Guatemala y su Majestad Británica relativa a los límites de “Honduras Británica” de treinta
de abril de mil ochocientoscincuenta y nueve.” Esa acción constituye un valioso aporte al
acervo jurídico de Guatemala sobre el tema porque la Corte de Constitucionalidad invoca
en la parte resolutiva de su sentencia que laacción planteada se refiere a una
Convención “cuya caducidad y nulidad in toto devino por legítima denuncia de la parte
inocente de su violación sustancial y como consecuencia carece de vigencia ypositividad
para el Estado guatemalteco…”.
En otras palabras, para el máximo tribunal constitucional de Guatemala no es posible
pronunciarse sobre la conformidad con la Constitución de Guatemala deuna Convención
que ya no forma parte de nuestro sistema jurídico.
La Constitución Política de la República establece en el artículo 19 transitorio que:
"El Ejecutivo queda facultado para realizarlas gestiones que tiendan a resolver la situación
de los derechos de Guatemala respecto a Belice, de conformidad con los intereses
nacionales. Todo acuerdo definitivo deberá ser sometido por elCongreso de la República
al procedimiento de consulta popular previsto en el artículo 173 de la Constitución. El
Gobierno de Guatemala promoverá relaciones sociales, económicas y culturales con lapoblación de Belice”.
El Diferendo Territorial existente entre ambos Estados puede ser resuelto por los medios
que señala el Derecho Internacional, es decir a través de medios políticos de solución deconflictos, o jurídicamente ante una instancia judicial internacional. Belice no había
aceptado la jurisdicción de una Corte Internacional en ese momento, por lo que Guatemala
trataba compeler a...
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