Bien comun justicia constitucional
El Bien Común es el conjunto de condiciones sociales que permiten y favorecen en los seres humanos el desarrollo integral de todos y cada uno delos miembros de la comunidad.
El Bien Común dinamiza el desenvolvimiento de un orden social justo que armoniza los aspectos individuales y sociales de la vida humana.
El Bien Común, es un “bien”genuino y es auténticamente “común”. Que sea “bien” quiere decir que da satisfacción a las necesidades del ser humano en su entera naturaleza espiritual, moral y corporal, proporcionándole la paz, lacultura y todo lo necesario para el desenvolvimiento pleno de su existencia; es “común” porque es un bien de la sociedad entera.
El Bien Común es de todos y para todos. No promueve la ventaja de ungrupo o clase alguna, sino el beneficio de todos, cualquiera que sea el carácter o la función que las comunidades realicen en la sociedad.
En tal sentido la Constitución Política de la Republica deGuatemala en su artículo primero establece “Protección a la Persona. El Estado de Guatemala se organiza para proteger a la persona y a la familia; su fin supremo es la realización del bien común”.Siendo el fin supremo del Estado velar por el bien común se debe establecer mecanismo y garantías para el debido y eficaz cumplimiento del mismo, dentro de dicha protección se puede mencionar la ley deAmparo, Exhibición personas y de Constitucionalidad en su artículo 1 el cual establece “La presente ley tiene por objeto desarrollar las garantías y defensas del orden constitucional y de los derechosinherentes a la persona protegidos por la Constitución Política de la República de Guatemala, las leyes y los convenios internacionales ratificados por Guatemala”.
La cual tiene por objeto velar porla debida protección al principio del bien común, y el estricto cumplimiento, con ello se logra fomentar en todos los habitantes de Guatemala, sin limitación alguna, ni beneficiando solo a...
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