Boletin 4180
RESTRICCIONES EN EL USO DEL DICTAMEN DEL AUDITOR
GENERALIDADES
Como se menciona en el boletín 1010 Normas de auditoria, el resultado final del trabajo del auditor es su dictameno informe; mediante el hace del conocimiento de las personas interesadas, los resultados de su trabajo y la opinión que se ha formado a través de su examen. En el dictamen o informe del auditor, esen lo que va a descansar la confianza de los interesados en los estados financieros para otorgar confianza a las declaraciones que en ellos aparecen sobre la situación financiera y los resultadosde operación de la empresa.
Los estados financieros dictaminados y otros informes especiales son utilizados para ser entrega dos a instituciones financieras y proveedores, con el propósito deobtener créditos, a las autoridades para cumplir con requerimientos fiscales, a la casa matriz para que esta pueda considerar las cifras, a los accionistas para que sean aprobados y cumplir con losrequerimientos legales.
ALCANCE
El alcance de este boletín es definir y proveer una guía para el auditor, sobre los casos en que deben incluirse restricciones en el uso del dictamen u otrosinformes que sean emitidos.
OBJETIVO
El objetivo de este boletín es definir los términos “de uso general” y “de uso restringido”, describir las circunstancias en que el dictamen o informe del auditordebe ser de uso restringido y establecer la forma en que dicha restricción debe ser incorporada en el dictamen o informe.
El término “de uso general” se aplica a todos aquellos dictámenes oinformes del auditor que son dirigidos a personas específicas.
El término “de uso restringido” se aplica a todos aquellos dictámenes o informes del auditor que se dirigen a personas específicas. L anecesidad de la restricción de uso podrá derivar de circunstancias como pueden ser:
El propósito del informe o dictamen
La naturaleza de los procedimientos aplicados
Las bases usadas en la...
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