Carga De La Prueba En Desplazamiento
En este sentido, es necesario anotar que corresponde al Estado entrar a analizar la situación de vulnerabilidad del desplazado, incluso después de que el mismo haya recibido ya la ayuda humanitaria, y corresponderáal desplazado permitir que se evalúe su situación para así determinar la viabilidad de la prórroga y de este modo determinar si la situación de vulnerabilidad permanece o ha cesado.
El número recurrente de acciones de tutela con el objetivo de solicitar la prórroga de la ayuda humanitaria de emergencia, demuestra que el desarrollo de las etapas de consolidación y estabilización socioeconómica acargo del Estado no se está cumpliendo Sentencia T-605/08
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el deber mínimo del Estado es el de identificar con la plena participación del interesado, las circunstancias específicas de su situación individual y familiar, su proveniencia inmediata, sus necesidades particulares, sus habilidades y conocimientos, y las posibles alternativas de subsistencia digna y autónoma a las que puedeacceder en el corto y mediano plazo, con miras a definir sus posibilidades concretas para poner en marcha un proyecto razonable de estabilización económica individual, de participar en forma productiva en un proyecto colectivo, o de vincularse al mercado laboral, así como emplear la información que provee la población desplazada para identificar alternativas de generación de ingresos por parte de losdesplazados.t-025/04
Vale la pena precisar que este derecho mínimo de los desplazados no obliga a las autoridades a proveer inmediatamente el soporte material necesario para la iniciación del proyecto productivo que se formule o para garantizar su acceso al mercado laboral con base en la evaluación individual a la que haya lugar; si bien tal apoyo se debe necesariamente materializar a través de losprogramas y proyectos que las autoridades diseñen e implementen para tal fin, el
debermínimo y de inmediato cumplimiento que este derecho impone al Estado es el de acopiar la información que le permita prestar la debida atención y consideración a las condiciones particulares de cada desplazado o familia de desplazados, identificando con la mayor precisión y diligencia posible sus capacidadespersonales, para extraer de tal evaluación unas conclusiones sólidas que faciliten la creación de oportunidades de estabilización que respondan a las condiciones reales de cada desplazado, y que puedan a su turno, ser incorporadas en los planes de desarrollo nacional o territorial.
En virtud de la aplicación del articulo 83 de la Carta Política, debe presumirse la buena fe en la actuaciónde los particulares. En el caso de los desplazados, se debe presumir la buena fe al estudiar su inclusión en el Registro Nacional de Desplazados para recibir la ayuda del Gobierno. El exigir aportar nuevos documentos, sin que estos estén siquiera relacionados en un decreto, implica presunción de mala fe. Para analizar si una persona es o no desplazada basta una prueba siquiera sumaria,...
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