Caso De Menores

Páginas: 37 (9085 palabras) Publicado: 9 de octubre de 2012
EN EL TRIBUNAL SUPREMO DE PUERTO RICO El Pueblo de Puerto Rico Peticionario Certiorari v. 2011 TSPR 183 DPR ___ Eric Villafañe Marcano Recurrido 146

Número del Caso: CC

- 2008 - 314

Fecha: 5 de octubre de 2011

Tribunal de Apelaciones: Región Judicial de Caguas, Panel XII Jueza Ponente: Carmen A. Pesante Martínez

O cina de la Procuradora General:

Lcda. Zaira Z. Girón AnadónProcuradora General Auxiliar Abogada de la Parte Recurrida:

Lcda. Carmen Ana Rodríguez Maldonado

Materia: Art. 83 C.P. 1974 y Art. 4 L.A.

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EN EL TRIBUNAL SUPREMO DE PUERTO RICO

El Pueblo de Puerto Rico Peticionario v. Eric Villafañe Marcano Recurrido CC-2008-314 Certiorari

Opinión del Tribunal emitida por el Juez Asociado señor Kolthoff Caraballo

San Juan, Puerto Rico, a 5 de octubre de 2011.

“Nuestro ordenamiento jurídico no requiere tan peregrino resultado, en el que se le confiere a un adulto inmunidadabsoluta de que se le juzgue en tribunal alguno”. Pueblo v. Agosto Vázquez, 112 D.P.R. 57, 58 (1982). El presente caso nos permite pautar si bajo la Ley de Menores de Puerto Rico, infra, un

Tribunal de Primera Instancia, Sala de Asuntos de Menores, debe tener la oportunidad de renunciar a su jurisdicción sobre una persona mayor de edad que alegadamente cometió un acto antijurídico mientrascontaba con 14 años de edad, sin importar las

razones para la dilación del Estado en presentar la

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queja o denuncia en su contra. La contestación es en la afirmativa. I Los hechos pertinentes al caso se detallan a

continuación. El 10 de enero de 1997, el acusado Eric Villafañe Marcano (Villafañe Marcano o recurrido) contaba con 14 años de edad cuando alegadamente asesinó de6

heridas punzantes a la menor Sheila M. Marcano Pastrana, de 15 años de edad. Por tales hechos, el 12 de febrero de 2004, esto es, 7 años después, en el Ministerio que le Público al

presentó

sendas

denuncias

las

imputó

recurrido la comisión de un asesinato en primer grado en la modalidad de muerte alevosa, deliberada y premeditada (Art. 83 del Código Penal de 1974) yportación de arma blanca (Art. 4 de la Ley de Armas de Puerto Rico). el tribunal por de instancia ambos delitos determinó graves. causa Para probable ese Así, para

arresto

entonces

Villafañe Marcano contaba con 21 años, por lo que ya era mayor de edad. El 22 de agosto de 2006 se determinó causa probable para acusar a Villafañe Marcano y el 20 de septiembre de 2006 el Ministerio Público formuló laacusación contra éste por los hechos señalados. el recurrido presentó una El 29 de octubre de 2007 de desestimación por

moción

falta de jurisdicción fundamentada en que para la fecha de los hechos contaba con 14 años de edad, por lo que

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correspondía al Tribunal de Menores la potestad única para juzgarlo e imponerle una medida dispositiva. Sostuvo,

además, que todavez que él no obstruyó la investigación de las autoridades para que se esclareciera el delito, no existía razón alguna por la cual un tribunal ordinario de justicia pudiera asumir jurisdicción.1 Llegado el día del juicio en su fondo, Villafañe Marcano argumentó -en apoyo a su moción de desestimaciónque debido a que los hechos alegadamente constitutivos de asesinato alevosa, en primer y grado (ensu modalidad se dieron de muerte él

deliberada

premeditada)

cuando

tenía 14 años de edad y no 15, era la Sala de Asuntos de Menores la que en su momento tuvo jurisdicción, pues no se daba un supuesto de renuncia de jurisdicción ―automática‖. Entonces, señaló, que el Tribunal de Menores tenía que haber asumido su jurisdicción para luego decidir si

renunciaba a la misma.

No...
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