Caso_practico_Electronica

Páginas: 2 (414 palabras) Publicado: 26 de octubre de 2015
En un Departamento Ministerial, se dicta una Resolucin de una de sus Direcciones Generales, por la que se establece la obligatoriedad de que los ciudadanos se relacionen con dicho rgano, nicamentepor medios electrnicos. Del mismo modo, el citado Departamento, habilita a personas fsicas y jurdicas para actuar en representacin de ciertos interesados. Con las premisas anteriores, conteste a lassiguientes cuestiones Se puede obligar a los ciudadanos a relacionarse con las administraciones exclusivamente por medios electrnicos S, siempre que se regule mediante Decreto del Consejo de Gobierno,as lo establece el artculo 61 del Decreto n. 302/2011, de 25 de noviembre, de Rgimen Jurdico de la Gestin Electrnica de la Administracin Pblica de la Comunidad Autnoma de la Regin de Murcia 1.-Mediante Decreto del Consejo de Gobierno, podrn establecerse los supuestos en que resulte preceptivo para los ciudadanos el uso de medios electrnicos, de conformidad con lo previsto en el artculo 27.6 dela Ley 11/2007, de 22 de junio. A tal fin, en el procedimiento de elaboracin del citado decreto deber quedar acreditado que los ciudadanos afectados tienen garantizado el acceso y la disponibilidad delos medios tecnolgicos precisos. Esta obligacin puede extenderse, en su caso, a la prctica de notificaciones administrativas por medios electrnicos. 2.- El decreto que establezca dicha obligacinespecificar las comunicaciones a las que se aplique, el medio electrnico de que se trate y los sujetos obligados. Dichas normas, sin perjuicio de su publicacin en el Boletn Oficial de la Regin de Murcia,estarn disponibles en la sede electrnica que corresponda. Pueden los ciudadanos estar representados por terceros ante la administracin S, segn lo establece el artculo 23 de la Ley 11/2007, de 22 dejunio, de acceso electrnico de los ciudadanos a los Servicios Pblicos. Artculo 23. Formas de Representacin. Sin perjuicio de lo dispuesto en el artculo 13.2, las Administraciones Pblicas podrn...
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