Ciencia
Constitución de la República Bolivariana de Venezuela (CRBV) la cual establece:
Artículo 28. Toda persona tiene el derecho de acceder a la información y a los datos que sobre sí misma o sobre sus bienes consten en registros oficiales o privados, con las excepciones que establezca la ley, así como de conocer el uso que se haga de los mismos y su finalidad, y de solicitar ante eltribunal competente la actualización, la rectificación o la destrucción de aquellos, si fuesen erróneos o afectasen ilegítimamente sus derechos. Igualmente, podrá acceder a documentos de cualquier naturaleza que contengan información cuyo conocimiento sea de interés para comunidades o grupos de personas. Queda a salvo el secreto de las fuentes de información periodística y de otras profesiones quedetermine la ley.
El artículo 102 de la constitución de la república Bolivariana de Venezuela establece lo siguiente: “La educación es un derecho humano y un deber social fundamental, es democrática, gratuita u obligatoria. El estado asumirá como función indeclinable y de máximo interés en todos sus niveles y modalidades, y como instrumento del conocimiento científico, lógico al servicio de lasociedad. La educación es un servicio Público y está fundamentada en el respecto a todas las corrientes del pensamiento, con la finalidad de desarrollar el potencial creativo de cada ser humano y el pleno ejercicio de su personalidad en una sociedad democrática basada en la valoración ética del trabajo y en la participación activa, consciente y solidaria en los procesos de transformación social,consustanciado con los valores de la identidad nacional y con una visión latinoamericana y universal. El estado con la participación de la familia y la sociedad, preverá el proceso de la educación ciudadana, de acuerdo con los principios contenido en esta constitución de la ley.
Artículo 108. Los medios de comunicación social, públicos y privados, deben contribuir a la formación ciudadana. ElEstado garantizará servicios públicos de radio, televisión y redes de bibliotecas y de informática, con el fin de permitir el acceso universal a la información. Los centros educativos deben incorporar el conocimiento y aplicación de las nuevas tecnologías, de sus innovaciones, según los requisitos que establezca la ley Las instituciones educativas pueden utilizar las innovaciones tecnológicas deacuerdo a las exigencias que establezca la Ley, y el estado está en la obligación de garantizar que cuenten con los recursos necesarios para desarrollar las TIC como herramienta del aprendizaje y desarrollo
Artículo 110. El Estado reconocerá el interés público de la ciencia, la tecnología, el conocimiento, la innovación y sus aplicaciones y los servicios de información necesarios por serinstrumentos fundamentales para el desarrollo económico, social y político del país, así como para la seguridad y soberanía nacional. Para el fomento y desarrollo de esas actividades, el Estado destinará recursos suficientes y creará el sistema nacional de ciencia y tecnología de acuerdo con la ley. El sector privado deberá aportar recursos para los mismos. El Estado garantizará el cumplimiento de losprincipios éticos y legales que deben regir las actividades de investigación científica, humanística y tecnológica. La ley determinará los modos y medios para dar cumplimiento a esta garantía.
El 10/05/2000 fue aprobado el Decreto N° 825 sobre el Acceso y uso de Internet en el territorio nacional. El cual establece:
Artículo 1°: Se declara el acceso y el uso de Internet como política...
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