circular externa 2 2000 productos sometidos a licencia
--'~~,.
".511IUIO (OlO"~'I~NO
O[ [OI~UltIO
r~l[nIOA
Clf~CllLAR EXTERNA CONJUNToANo 2
MARZO '1 DEL 2000
1~.JSjIRrUTOCOLOMBIANO
COMERCIO EXTERIOR
I'INCOMEX"
No. 034
DE
)
INSTITUTO NACIONAL. DE VI(3ILAN(::IA
DE MEDI(:';AMENTQS Y ALIMENT.OS
I' INVIMJ~"
Set\ores
1t-4STITUTOCOLalVlBIANO DE COMERCIO
U(;,UAf~IOS
INCONIEX
EXTERtOr{
v
0 LlCENCIA DE
IMI~ORTACIONpaR VISTa BUENO0R~GISTROSANI'"ARIO DEL INSl1TUTO
A~jUNTO :
f"RODUCTOS
t-JACfONAl DE YfGfl.ANCIA
SOMETIDCjS A REGISTRO
DE MEDICAME~~TOS Y AUMENTOS
NIJ\TERIAS PRIMAS, INSUMOS, PREPARACIONI:S
" Jt,IVJMA"w
FARMACEUTICAS
A BASE
DE: F~ECURSOSr~ATURALESY HOMEopArICOS, LOS GENERADOSpaR
1:JIOTECNOLOGiA, LOS BIOI_6GIOS, LOS DISPOSITIVOS Y EQUIPOS
MEDICOQUIRURGICOS, LOS ODONTOL6GIC:OS, LOS PLAGtJICIOAS DE USQ
DOMEST'ICO.LOSPRODUCTOS DE ASEO. HIGIENEY LlMPIEZA DE USO
DOMESTICO. LOS REACTIVOS DE DIAGN6sTtCO, LOS ALlMEt~TOS, LAS
SEBIDJ~S ALCOHOLICAS Y NO ALCOHOUCAS, LO~) COSMETICOS. LOS
M~:r)I(~AMENTOS Y AQUELLOS QUE RECOMIENDE LA COMISION f~EVISORA
"
~
()EL IjINVIMA'1
De conformidadcon 10 dispuesto er) la norrnatividadvigente, establecidapar el
In$tituto Naciorlsl de Vigilancia de Medicamenta5 y Alimentos INVIMA, yer)
(~~Llrnplimientode 10 senaledo par el Articulo 30. del Decreta 2680 de 1,999 del
Mirli$terio cfe Comercio Exterior, que hace obligatorio 81 registro de 1as
importar.:iones con vista bueno a registro sanitaria, atentamente les informamo5
que ellnstitulo Colombiano de Comercio Exterior INCOMEX conjuntamente corl el
Inslituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos INVIMA, 'he
establecidoel listado general de productos y materias primes par subpartida
'a\'B.ncelariaI que se incluye en el anexo a Is presente Circular y que requieren
para su importaci6n registro sanitaria 0 vista buer,o previo para el t.ramite del
',.II;TOU10
COlOMBIAr-IO
DE CO'v1EACIC) tXTEIIIOR
. EOlflClrJ
CI\LLf 28 N(I IJA.I!j/h:~
CEN1kb
Of CUMI:11CIO IrJ'" nr.,ACloNAL
TEL 1:I)NMU1ADon
'A1"I",n
!;/\rl/lAI-~ UI- lIQt30JA. [I C
lOMPIAIiO
rlf COMCtlCIO
EXTERIOR
,-egislro 0 licer1cia de Impoliaci6n ante INCOMEX 0 18 Autoridad Operativede
Cotrl9rcio Exterior que hags sus veces.
En 91.Anexo S8 incluyen las subpartidas que pueden amparar IDs productos
SOITletido$Q visto bueno 0 registro sanltarloexpedldos par eIINVI~AA, para 10cuel
d'iben ten(3rS9en cuenta las Notes Marginales que definen masespecfficamente
el grlJpOde productos 0 las exclusior19s a estosrequisitos.
En los siguientes ar11culos88 relaciona la aplicaoi6n de 10 reglamentado por 91
rv1inisleriode Salud, para 18obtenci6nde vlsto bueno0 registro sanitarIa ante 91
INVIMA
AI~jICULO 10. tMPOI:tTACI6NDE ALIMENTOS
Para el ceso de Ie irnporteci6n dE!alirnentos debe considerarS9 que el [)ecreto
3015 de 1.997 exceptLI8 del registrasanltario los alimentos y tnaterias primas
producidosen el pais 0 importadost para utilizaci6n exclusive en Is industria y 91
s$(;tor gastron6mico (comercializ8ci6n 81 por mayor) erl Ie elaboraci6rl cJe
eJimentos y preparacic)n de comides.En este l~SOsolo se requiere el tramite y
BLJtorizaci6n del Vista Bueno de INVIMA.En los demos 08$0$,debera obtenerse
para Is comercializaci6rl 81 por menor, 81correspondiente Registro Sanitaria0
Vista Bueno BrIte eIINVIMA.
Los elimerltos de Origen animal crudos, refrigerados 0 corlgeladosque no hayan
sicjo sometidos a ningun proceso de 'transformaci6n, requieren Certificado de
A~)titud Sar)itaria del pais de origen, expedido par Ie autoridad sanitaria
ccmpeterlte, par'Bque ellNVIMA proceda a expedir 91VistoBueno,
Para Ie importBcl6n de productos terminadosy de r11ateriasprimes para la
fabricaci6n de alirnentos, el interesedo debera presenter la solicltud de Lit-;.enc;a (I
Registro de Impor1aci6n con fotocopia del Registro Sanitario ante el 'f'JVIMA,
entidad que Ie expedira el respectivo Visto Bueno, pare 18aprobaci6n del Registro
(je Irrrportaci6n a cargo de Is Autoridad de Comercio Exterior.
"
AI~mCULO 20. IMrJORTACI6N DE COSMETICOS
Pare la...
Regístrate para leer el documento completo.