Clausura provisional de la persecusion penal
a) Objetivo
Tradicionalmente, cuando la investigación se había agotado y no había elementos suficientes para acusar al imputado, pero tampocohabía quedado demostrada su inocencia, el proceso terminaba con el sobreseimiento provisional. El sobreseimiento provisional no producía efecto de cosa juzgada, por lo que el imputado vivía con la amenazapermanente de un proceso en su contra.
Por otro lado, el Código Procesal Penal vigente establece que una vez vencidos los plazos establecidos para la finalización del procedimiento preparatorio, yaún faltan diligencias de investigación para demostrar o desvirtuar el hecho que se imputa, y se tiene cierto grado de probabilidad de poder incorporarla en un determinado plazo, el MinisterioPúblico deberá formular requerimiento de clausura provisional.
Existen casos en los que faltan diligencias de investigación por realizar, pero termina el plazo fijado en la ley y el juez emplaza alMinisterio Público para formular algún requerimiento (Art. 347 decreto 79-97). Con los elementos probatorios reunidos, el fiscal no puede fundamentar la acusación y no procedería dictar elsobreseimiento, pues, la investigación no se agotó. En esta situación procede solicitar la clausura provisional.
La clausura provisional de la persecución penal tiene un doble objetivo:
1º Evitar que seproduzca el sobreseimiento, con el efecto de cosa juzgada, en casos en los que la investigación no se ha agotado.
2º Limitar el mantenimiento de un proceso abierto en contra del imputado exclusivamente alos supuestos en los que existan medios de prueba concretos y determinados que puedan practicarse.
b) Supuestos
Corresponderá solicitar la clausura de la persecución penal cuando habiéndosevencido el plazo para la investigación, no correspondiese sobreseer y los elementos de prueba resultaren insuficientes para requerir fundadamente la apertura a juicio. Para poder solicitar la...
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