codogo civil

Páginas: 589 (147180 palabras) Publicado: 17 de julio de 2014
CODIGO CIVIL PARA EL ESTADO DE NUEVO LEON.
ÚLTIMA REFORMA PUBLICADA EN EL PERIÓDICO OFICIAL NÚMERO 83
DEL 27 DE JUNIO DE 2012.
Ley publicada en el Periódico Oficial, el Sábado 6 de Julio de 1935.

PABLO QUIROGA, GOBERNADOR SUBSTITUTO CONSTITUCIONAL DEL
ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE NUEVO LEON, A LOS HABITANTES DEL
MISMO, SABED:
QUE LA H. XLV LEGISLATURA, CONSTITUCIONAL DEL ESTADO,REPRESENTANDO AL PUEBLO DE NUEVO LEON, DECRETA:
NUMERO....112
CODIGO CIVIL PARA EL ESTADO DE NUEVO LEON

DISPOSICIONES PRELIMINARES
Art. 1o.- Las disposiciones de este Código regirán en el Estado de Nuevo León
en asuntos del orden común sin perjuicio de lo instituído por leyes federales
que no violen la soberanía del Estado, salvo las limitaciones que fija este
Código.
(REFORMADO, P.O. 08 DEDICIEMBRE DE 2004)
Art. 2o.- La capacidad jurídica es igual para el hombre y la mujer.
Art. 3o.- Las leyes, reglamentos, circulares o cualesquiera otras disposiciones
de observancia general, obligan y surten sus efectos tres días después de su
publicación en el Periódico Oficial.
En los lugares distintos del en que se publique el Periódico Oficial, para que las
leyes, reglamentos, etc., sereputen publicados y sean obligatorios, se necesita
que, además del plazo que fija el párrafo anterior, transcurra un día más por
cada cuarenta kilómetros de distancia o fracción que exceda de la mitad.
Art. 4o.- Si la ley, reglamento, circular o disposición de observancia general, fija
el día en que debe comenzar a regir, obliga desde ese día, con tal de que su
publicación haya sido anterior.Art. 5o.- A ninguna ley ni disposición gubernativa se dará efecto retroactivo en
perjuicio de persona alguna.
Art. 6o.- La voluntad de los particulares no puede eximir de la observancia de la
ley, ni alterarla o modificarla. Solo pueden renunciarse los derechos privados
que no afecten directamente al interés público, cuando la renuncia no
perjudique derechos de tercero.

Art. 7o.- La renunciaautorizada en el artículo anterior no produce efecto alguno
si no se hace en términos claros y precisos, de tal suerte que no quede duda
del derecho que se renuncia.
Art. 8o.- Los actos ejecutados contra el tenor de las leyes prohibitivas o de
interés público serán nulos, excepto en los casos en que la ley ordene lo
contrario.
Art. 9o- La ley sólo queda abrogada o derogada por otraposterior que así lo
declare expresamente, o que contenga disposiciones total o parcialmente
incompatibles con la ley anterior.
Art. 10.- Contra la observancia de la ley no puede alegarse desuso, costumbre
o práctica en contrario.
Art. 11.- Las leyes que establecen excepción a las reglas generales, no son
aplicables a caso alguno que no esté expresamente especificado en las
mismas leyes.
Art. 12.-Las leyes del Estado de Nuevo León y las demás leyes mexicanas en
su caso y siempre que no sean contrarias al orden público, incluyendo las que
se refieren al estado y capacidad de las personas, se aplican a todos los
habitantes del Estado, ya sean nacionales o extranjeros, estén domiciliados en
él o sean transeúntes.
(REFORMADO, P.O. 2 DE AGOSTO DE 1991)
Art. 13.- Los efectos jurídicos deactos y contratos celebrados fuera del Estado
que deban ser ejecutados en su territorio, se regirán por las disposiciones de
este Código.
Art. 14.- Los bienes inmuebles sitos en el Estado, y los bienes muebles que en
él se encuentren, se regirán por las disposiciones de este Código, aun cuando
los dueños sean extranjeros.
Art. 15.- Los actos jurídicos, en todo lo relativo a su forma, seregirán por las
leyes del lugar donde pasen. Sin embargo, los mexicanos o extranjeros
residentes fuera del Estado, quedan en libertad para sujetarse a las formas
prescritas por este Código, cuando el acto haya de tener ejecución en el
Estado.
Art. 16.- Los habitantes del Estado tienen obligación de ejercer sus actividades
y de usar y disponer de sus bienes, en forma que no perjudique a la...
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