Comprobantes Fiscales Con Cbb
El Dispositivo de Seguridad o Códigode Barras Bidimensional (CBB) es el sucesor del código de barras y permite recopilar toda la información necesaria para identificar al contribuyente. Este código es proporcionado por el SAT de manera gratuita, con una vigencia de dos años contados a partir de la fecha de aprobación de la asignación de folios.
ARGUMENTO FISCAL DE LAS FORMAS ALTERNAS DE EMITIR COMPROBANTES FISCALES.
La expediciónde los comprobantes Fiscales con Dispositivo de Seguridad (Código de Barras Bidimensional) se regula por los siguientes argumentos fiscales.
Código Fiscal de la Federación.
Articulo 29 B, Fracción I.
Reglas de Resolución Miscelánea Fiscal.
Regla: I.2.8.1.1.
Regla: II.2.6.1.1.
CODIGO FISCAL DE LA FEDERACION.
Artículo 29-B. Los contribuyentes, en lugar de aplicar lo señalado en losartículos 29 y 29-A de este Código, podrán optar por las siguientes formas de comprobación fiscal:
I. Comprobantes fiscales en forma impresa por medios propios o a través de terceros, tratándose de contribuyentes cuyos ingresos para efectos del impuesto sobre la renta, declarados en el ejercicio inmediato anterior, no excedan de la cantidad que establezca el Servicio de Administración Tributariamediante reglas de carácter general. Dichos comprobantes deberán expedirse y entregarse al realizar los actos o actividades o al percibir los ingresos, y cumplir con los requisitos siguientes:
a) Los establecidos en el artículo 29-A de este Código, con excepción del previsto en la fracción II del citado artículo.
b) Contar con un dispositivo de seguridad, mismo que será proporcionado por el Serviciode Administración Tributaria, el cual deberá cumplir con los requisitos y características que al efecto establezca el citado órgano desconcentrado mediante reglas de carácter general.
Los dispositivos de seguridad a que se refiere este inciso deberán ser utilizados dentro de los dos años siguientes a que sean proporcionados por el Servicio de Administración Tributaria, en el comprobanterespectivo se deberá señalar dicha vigencia.
c) Contar con un número de folio que será proporcionado por el Servicio de Administración Tributaria, a través del procedimiento que para tal efecto establezca el citado órgano desconcentrado mediante reglas de carácter general.
Los contribuyentes deberán presentar trimestralmente al Servicio de Administración Tributaria declaración informativa con lainformación correspondiente a los comprobantes fiscales que hayan expedido con los folios asignados. En caso de que no se proporcione dicha información no se autorizarán nuevos folios.
Para poder deducir o acreditar fiscalmente con base en los comprobantes fiscales a que se refiere esta fracción, quien los utilice deberá cerciorarse que la clave del registro federal de contribuyentes de quien losexpide es correcta y podrán verificar la autenticidad del dispositivo de seguridad a través de la página de Internet del Servicio de Administración Tributaria.
De acuerdo al artículo 29-A del CFF:
1. Nombre, denominación o razón social del emisor.
2. Clave del Registro Federal de Contribuyentes del emisor.
3. Domicilio fiscal de quien los expida.
4. Lugar y fecha de expedición.
5. Clave delRegistro Federal de Contribuyentes de la persona a favor de quien se expida.
6. Cantidad y clase de mercancías o descripción del servicio que amparen.
7. Valor unitario consignado en número e importe total consignado en número o letra,
8. Monto de los impuestos que deban trasladarse, en su caso, desglosados por tasas.
9. Número y fecha del documento aduanero, así como la aduana por la cual...
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