Conceptps especiales de deducción
• Intereses Normales y Moratorios
“También son deducibles los intereses devengados a cargo en el ejercicio, sin ajuste alguno.” Fracción IX del Art. 29 de laLey del Impuesto Sobre la Renta
Entendiéndose por intereses según el Diccionario jurídico mexicano, como el provecho, rendimiento o utilidad que se obtienen del capital (dinero). Son frutos civilesde acuerdo con el artículo 893 del CCF; no merman la esencia y cantidad del bien del cual provienen.
No olvidemos que hasta el año 2001 los intereses a cargo se comparaban con el componenteinflacionario de las deudas y la diferencia podría ser intereses deducibles (cuando los intereses a cargo eran mayores que el componente) o una ganancia inflacionaria acumulable (cuando el componente eramayor que los intereses a cargo). A partir del año 2002 tal procedimiento ya no aplica, por ejemplo, si una persona moral paga intereses por $1,000.00 a partir del año 2003, tal importe es un conceptodeducible en el ejercicio en que se pague.
Los intereses moratorios acorde con el mismo diccionario, son aquellos que se pagan como sanción a título de reparación (indemnización) a los daños yperjuicios causados por el retraso en el cumplimiento, que se originan a favor del acreedor a partir del día de la mora.
En caso de que se generen intereses moratorios a cargo, a partir del cuarto messe deducirán únicamente los efectivamente pagados. Para estos efectos, se considera que los pagos por intereses moratorios que se realice con posterioridad al tercer mes siguiente a aquél en el queincurrió en mora cubren, en primer término, los intereses moratorios devengados en los tres meses siguientes a aquél en el que se incurrió en mora, hasta que el monto pagado exceda al monto de losintereses moratorios devengados deducidos correspondientes al último período citado.
• Pérdidas Cambiarias
Las pérdidas cambiarias se disminuirán a los intereses acumulables en que ocurran o en los...
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