Conducción para menores de 18 en colombia

Páginas: 9 (2161 palabras) Publicado: 28 de agosto de 2014
MT-1350-2- 42704 del 31 de agosto de 2006
Bogotá, D.C.
Patrullero
HELMER ALEXIS ATEHORTUA MENDEZ
Instructor de la Asignatura de Legislación de Transporte
Carrera 128 No. 17 - 15
BOGOTÁ D.C
Asunto: Tránsito
Manifiesto de carga, tasa de uso, señales de tránsito, seguros,
revisión técnico-mecánica, planilla de viaje ocasional, vida útil.
En atención al oficio MT 46401 del 16 de agosto de2006, mediante el
cual eleva 13 preguntas relacionadas con varios temas tanto de transporte
como de tránsito y de acuerdo con lo señalado en el artículo 25 del Código
Contencioso Administrativo, le informo lo siguiente:
1. De conformidad con lo señalado en la Ley 527 de 1999, es viable
jurídicamente que el manifiesto de carga sea enviado al conductor vía fax,
el cual debe ser portado durantetodo el recorrido del viaje y reemplazado
en el momento en que le entreguen el original.
Los rangos los expide las Direcciones Territoriales, por lo tanto, en
concepto de esta Oficina se debe emplear un solo rango por vehículo. El
literal C) del artículo 40 del Decreto No. 3366 de 2003, establece que la
empresa de transporte de carga será sancionada con multa de 6 a 10
SMMLV que permita laprestación del servicio sin el correspondiente
manifiesto único de carga. Además, el vehículo podrá ser inmovilizado de
conformidad con el numeral 3 del artículo 48 del citado decreto, ya que el
manifiesto de carga es un documento que sustenta la operación de los
equipos.
2. La Oficina Jurídica mediante oficio No. MT-1300-2 13517 del 25 de
marzo de 2004, se pronunció de manera amplia y clarasobre la sanción a
imponer por el no pago de la tasa de uso a la terminal de transporte. En
dicho concepto se concluye que no portar el comprobante de cancelación
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de las tarifas de la tasa de usos por fuera de la instalaciones del terminal
se configura la infracción del artículo 53 del Decreto 3366 de 2003, que
acarrea la inmovilización de quetrata el numeral 5º del artículo 48 del
mismo decreto.
En desarrollo del numeral 3º del artículo 48 del decreto 3366 de 2003, se
considera como causal para la inmovilización de los vehículos automotores
el hecho de no portar o alterar los documentos que sustentan la operación
del vehículo, y para determinar cuales eran esos documentos , el artículo
52 estableció de acuerdo a la modalidad deservicio y el radio acción los
citados documentos, exigiendo para el transporte público de pasajeros por
carretera la tarjeta de operación, planilla de viaje ocasional y planilla de
despacho.
Ahora bien, en el concepto No. 13517 del 25 de marzo de 2004, dirigido al
gerente de Planeación de la Terminal de Transporte S.A. de Bogotá, se
indicó que el no porte del comprobante de cancelación de lastarifas de las
tasa de uso por fuera de las terminales configura el servicio no autorizado,
por cuanto los vehículos de servicio público que transiten en esas
condiciones no portan el permiso o autorización correspondiente para
prestar el servicio en debida forma , de tal suerte que la inmovilización que
se impone por la inobservancia del precitado comprobante se impone con
fundamento en elnumeral 5º del artículo 48 y no con el numeral 3º del
mismo artículo que se refiere a los documentos del artículo 52º del Decreto
3366 de 2003. En otras palabras los documentos de transporte
efectivamente son los descritos en el artículo 52, y el servicio no autorizado
de que trata el artículo 53, tiene relación con el numeral 5º del artículo 48.
En cuanto al informe de infracción (empresa,propietario o poseedor), le
manifestamos que de acuerdo con la Resolución 10800 del 12 de
diciembre de 2003, la codificación por la infracción referida, corresponde al
No. 590 y se le impone al propietario o tenedor del automotor, por cuanto la
inmovilización se le impone como medida preventiva y la orden de entrega
del vehículo se emitirá por la autoridad de transporte competente, que en...
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