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Páginas: 8 (1890 palabras) Publicado: 22 de octubre de 2012
1.- Deseo generar una Factura Electrónica (CFDI), realice los trámites correspondientes, solicitar la FIEL y el Certificado de Sello Digital, sin embargo, al enviarla al Proveedor de Certificación Autorizado (PAC), me indica que el RFC del emisor no se encuentra en los archivos de la Lista de Contribuyentes con Obligación (LCO) del SAT, por lo tanto, el CFDI no puede certificarse. ¿Cuánto tiempotarda en actualizarse la LCO?

La actualización de la LCO puede tardar de 36 a 48 horas a partir de la obtención del CSD, este proceso es automático y lo realiza el SAT y el PAC de forma conjunta, por lo que no es necesario realizar trámite alguno.

2.- ¿Cómo deberá incorporarse la retención de 5 al millar en una Factura Electrónica de Obra Pública?
La información correspondiente a retenciónde 5 al millar, deberá incorporarse en el Complemento Otros Derechos e Impuestos de la siguiente forma: en el atributo ImpLocRetenido especificar el concepto de la retención, en el atributo TasadeRetencion se deberá especificar la tasa de retención de conformidad con el Art. 191 de la Ley Federal de Derechos, en el atributo Importe especificar el monto retenido.

3.- Conforme al artículo 16 Bde la Ley Aduanera, los particulares autorizados por el SAT que cobran a los contribuyentes un aprovechamiento por el servicio de procesamiento electrónico de datos para llevar a cabo el control de la importación temporal de remolques, semirremolques y portacontenedores ¿cómo deben integrar dicho aprovechamiento a la factura electrónica que se emita?
Al ser un aprovechamiento, no podría facturarsecomo un concepto más dentro del comprobante, por lo que al no existir un complemento específico para tal efecto se debe utilizar el complemento “Otros derechos e impuestos”, colocando en el atributo “tasa” el valor de “0.00”.

4.- Fui emisor de CFD, sin embargo perdí la facilidad por incumplimiento, a partir de lo que establece la regla I.2.8.3.1.17. publicada en la segunda modificación a laRMF 2012, que permite emitir de manera simultánea CFD y CFDI ¿puedo nuevamente emitir CFD?
No. La regla sólo permite emitir de manera simultánea CFD y CFDI, a aquellos contribuyentes que no hayan perdido la facilidad de emitir CFD. Aquellos contribuyentes que perdieron dicha facilidad, solo podrán emitir CFDI. Es decir, la regla I.2.8.3.1.17. no habilita la posibilidad de emitir CFD; por elcontrario, sólo habilita a emitir CFDIs y continuar emitiendo CFD, a quienes siguen cumpliendo los requisitos para emitir estos últimos y cumplen los requisitos para emitir CFDI.
5¿Se puede llevar la contabilidad fuera del domicilio fiscal?

No se puede llevar la contabilidad en lugar distinto al domicilio fiscal, de conformidad con el artículo 28 del Código Fiscal de la Federación el cual estableceque los contribuyentes llevarán la contabilidad en su domicilio fiscal. Estos podrán procesar a través de medios electrónicos, datos e información de su contabilidad en lugar distinto a su domicilio fiscal, sin que por ello se considere que se lleva la contabilidad fuera del domicilio mencionado. Adicionalmente, el artículo 30 de dicho ordenamiento señala la obligación de conservar la contabilidaden el domicilio fiscal a disposición de las autoridades fiscales.

6Si se emite una Factura Electrónica, pero el cliente no quiere recibirla en formato electrónico, ¿Qué documento se le puede entregar para cumplir con la obligación de expedir y entregar Facturas Electrónicas?

Se le podrá proporcionar la representación impresa de la Factura Electrónica.

7¿Cuál es el documento que puedoutilizar para deducir o acreditar fiscalmente, conforme al nuevo esquema de facturación electrónica?

Los contribuyentes podrán realizar las deducciones o acreditamientos correspondientes, utilizando el archivo digital que contenga el comprobante fiscal digital (XML) o bien, su representación impresa, cuando ésta cumpla con los requisitos establecidos por la autoridad fiscal mediante reglas de...
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