Contador
003-97-TR.
SEXTO: EL EMPLEADOR abonará a EL TRABAJADOR la cantidad de S/ 67b 00 comoremuneraciÓn mensual, de la cual se deducirá las aportaciones y descuentos por tributos establecidos en la ley que le resulten de aplicación.
SETIMO: EL EMPLEADOR, se obliga ainscribir a EL TRABAJADOR en et Libro de Planillas de Remuneraciones, así como poner en conocimiento de la Autoridad Administrativa de Trabajo el presente contrato, para suconocimiento y registro, en cumplimiento de lo disp-uesto por el artículo 73o del Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo 728, Ley de Productividad y CompetitividadLaboral, aprobado mediante Decreto Supremo No 003-97-TR. OCTAVO: Queda entendido que EL EMPLEADOR no está obligado a dar aviso alguno adicional referente al término delpresente contrato, operando su extinción en la fecha de su vencimiento conforme la cláusula tercera, oportunidad en la cual se abonara al TRABAJADOR los beneficios socialesque le pudieran corresponder de acuerdo a ley.
NOVENO: Este contrato queda sujeto a las disposiciones que contiene el TUO del D. Leg No 728 aprobado por D. s. N"003-97-TR Ley de productividad y Competitividad Laboral, y demás normas legales que lo regulen o que sean dictadas
durante la vigencia del contrato. Como muestra de conformidadcon todas las cláusulas del presente contrato firman las partes, por triplicado el 01 del mes de
Febrero del año 2012.
-----trRF.fi:E
EL EMPLEADOR
EL TRABAJADOR
Regístrate para leer el documento completo.