contribuciones sociales
Las parcialidades deberán ser iguales y mensuales y aplica la tasa mensual de recargos por prórroga que incluye actualización, publicada en la Ley de Ingresos de la Federación para 2012.
Cuando no se paguen oportunamentelas parcialidades autorizadas, el contribuyente estará obligado a pagar recargos por mora sobre cifras actualizadas.
Aplicación de los pagos 2 Los pagos efectuados se aplicarán en el siguiente orden: recargos por prórroga; recargos por mora; accesorios; multas; gastos extraordinarios; gastos de ejecución; recargos; indemnización por pago con cheque sin fondos y monto de las contribucionesomitida
No procede la autorización de pago a plazos tratándose de contribuciones que debieron pagarse en el año en curso o en los seis meses anteriores al mes de la autorización, excepto aportaciones de seguridad social. Asimismo, contribuciones y aprovechamientos relacionados con la importación y exportación y contribuciones retenidas, trasladadas o recaudadas.
Se podrá dispensar lagarantía del interés fiscal cuando se trate de declaración anual del Impuesto sobre la Renta (ISR) de personas físicas y el número de parcialidades sea igual o menor a seis.
También cuando 80% del monto que se adeuda sea igual o menor a 50,000 pesos; cuando 80% del monto que se adeuda sea igual o menor a 100,000 pesos y el plazo sea menor a un año. Reglas para pagos diferidos
Para el casode pago diferido, el monto a cargo será el resultado de restar el pago de 20% del monto total del adeudo y esta cantidad deberá cubrirse en una sola exhibición en la fecha señalada.
Garantía del Interés Fiscal.
Una vez recibida la solicitud de autorización de pago a plazos, deberá garantizarse el interés fiscal en relación con 80% del monto total del adeudo y considerando el plazosolicitado. La autoridad podrá dispensar la garantía del interés fiscal. Podrá revocarse la Autorización de pago a plazos. Se revocará la autorización de pago a plazos cuando: no se otorgue, desaparezca o resulte insuficiente la garantía del interés fiscal.
También, cuando la persona se encuentre en un proceso de concurso mercantil o sea declarado en quiebra.
En pago en parcialidades, elcontribuyente no cumpla con tres pagos o, en su caso, con el último.
Tratándose de pago diferido, se venza el plazo para realizar el pago y éste no se efectúe.
En estos casos la autoridad requiere el saldo mediante el procedimiento administrativo de ejecución; el saldo no cubierto se actualizará y causará recargos por mora.
¿Qué es interés fiscal?
ARTICULO 141. LOS CONTRIBUYENTESPODRAN GARANTIZAR EL INTERES FISCAL EN ALGUNA DE LAS FORMAS SIGUIENTES:
I. DEPOSITO EN DINERO, CARTA DE CREDITO U OTRAS FORMAS DE GARANTIA FINANCIERA EQUIVALENTES QUE ESTABLEZCA LA SECRETARIA DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO MEDIANTE REGLAS DE CARACTER GENERAL QUE SE EFECTUEN EN LAS CUENTAS DE GARANTIA DEL INTERES FISCAL A QUE SE REFIERE EL ARTICULO 141-A DE ESTE CODIGO.
II. PRENDA O HIPOTECA. ...
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