Convenio de oficina
El presente Convenio Colectivo Provincial regulará las relaciones laborales de
todo el personal de empresas de:
· Estudios Técnicos ydelineación
· Cámaras, Colegios y Asociaciones.
· Administradores de Fincas
· Oficinas varias de Planificación.
· Organización de Empresas y Organización Contable.
·Cobradores de giros y mensajerías.
· Empresas de Servicios de informática
· Ingeniarías y Consultorías.
· Oficinas y empresas no incluidas en otras agrupaciones y sujetas a laOrdenanza
Laboral de Oficinas y Despachos.
Artículo 2º.- Ambito Territorial
El presente Convenio será de aplicación en todas las empresas que tengan su
domicilio socialo centro de trabajo en Bizkaia.
Artículo 3º.- Vigencia, Prórroga y Denuncia
El presente Convenio entrará en vigor en el momento de su firma por las
partes legitimadas. Elperíodo de vigencia del presente Convenio será de cuatro años
comprendidos entre el 1 de enero de 2.009 al 31 de diciembre de 2.012 con la excepción
de los desplazamientos,dietas y kilometraje, que no tendrán carácter retroactivo, siendo
su vigencia desde la firma del presente convenio.
El presente Convenio se considerará denunciado el 15 dediciembre de 2.012
comprometiéndose ambas partes a iniciar las deliberaciones del siguiente Convenio en un
plazo de quince días a contar desde la entrega del anteproyecto,bien por la representación
de los trabajadores, bien por la representación empresarial.
Artículo 4º.- Ambito Personal
El presente Convenio afecta a todos los trabajadoresadscritos a las empresas
indicadas en el artículo 1º, con la única excepción del personal de alta dirección a que se
refiere el Real Decreto 1.382/1.985 de 1 de Agosto.
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