Convenio108 2013
En la Ciudad de Buenos Aires, a los 26 días del mes de agosto de
2013, siendo las 18:30 horas, comparecen en el MINISTERIO DE
TRABAJO EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL ante mi, Dr Norberto
Ciaravino Jefe de Gabinete de Asesores del Ministro de Trabajo,
Empleo y Seguridad Social, el Sr. Carlos West Ocampo, Héctor
Ricardo Daer y Susana Stochero en representación de laFederación
de Asociaciones de Trabajadores de la Sanidad Argentina
(FATSA), por una parte y por la otra, el Sr. Guillermo Gómez Galizia
con
DI\JI 4.557.953 en su carácter de Presidente, José Héctor
Laurensio en su carácter de Secretario con DNI 7.618.974 Y Fernando
Peralta con DNI 8.068.395 en su carácter de prosecretario,
con el
patrocinio letrado del Dr. Juan José Etala, constituyendo el domicilio
enPerú 590 Piso 4 de la C.A. B.A. en representación de la Cámara de
Instituciones
de
Diagnóstico
Médico
-CADIME-¡
Jorge
Carrascosa DNI 7.887.412 en su carácter de Presidente, Cesar Gotta
en su carácter de Vicepresidente DNI 21.156.161 Y José Antonio
Zabala en su carácter de letrado patrocinante en representación de la
Cámara
de
Entidades
de
Diagnostico
y
Tratamiento
Ambulatorio -CEDIM-con domicilio en la calle Montevideo 451 Piso
11 de la CABA y el Sr. Julio Alberto
Machuca con D.N.I.
4.276.555
en su carácter de apoderado, constituyendo el domicilio en calle
Sarmiento N°839 de la C.A.B.A. en representación de Colmegna
SA.
Declarado abierto el acto por el funcionario actuante, cedida la
A
palabra a las partes manifiestan: que luego de largas e intensas
negociacionesCEDIM manifiesta que no puede suscribir el acuerdo
que prestan
servicios mayoritariamente a empresas de medicina prepaga y se ven
afectadas por desconocer si van a contar con los recursos suficientes
para afrontar los aumentos salariales y otros costos que surgen del
presente acuerdo. CADIME manifiesta que suscribe el presente en
procura de mantener la paz social y fija su posición al respecto enacta que se suscribe a continuación del acuerdo. Las partes con la
excepción planteada por CEDIM, arriban al presente acuerdo que se
explicita a continuación:
1.
Los
comparecientes
se
reconocen
recíprocamente,
por
su
representación y representatividad como únicas partes legitimadas
para la negociación del CCT 108/75.
2. Ámbito Personal y Territorial: El acuerdo alcanzado será de
aplicaciónen todo el ámbito personal y territorial comprendido en el
Convenio Colectivo de Trabajo 108/75.
3. Escala de Salarios Básicos: las partes acuerdan establecer un
aumento
de
los
salarios
básicos
de
todos
los
trabajadores
encuadrados en el Convenio Colectivo 108/75, el que se hará efectivo
en 2 tramos, el primero a partir del 10 de agosto de 2013 y el
segundo a partir del 10 de diciembrede 2013, todo ello de
conformidad con las escalas que se explicitan a continuación:
PRIMERA CATEGORIA
6.182,92
6.774,33
SEGUNDA CATEGORIA
5.911,97
6.477,46
I
TERCERA CATEGORIA
5.750,15
CUARTA CATEGORIA
5.373,84
5.887,85
QUINTA CATEGORIA
4.944,84
5.417,82
6.300,16
La diferencia entre los salarios básicos vigentes al 31/07/2013 y los
aquí acordados, así como los valores resultantesde la incidencia de
los
nuevas
remuneraciones
sobre
los
adicionales
legales
y
convencionales serán no remunerativos con excepción de los aportes
a cargo del trabajador y las contribuciones patronales al Sistema
Nacional de Obras Sociales. Esta excepcionalidad parcial regirá hasta
el
31/12/2013
para
los
incrementos
aplicables
a
partir
del
01/08/2013 y hasta el 30/06/2014 para losincrementos aplicables a
partir del 01/12/2013, fechas éstas a partir de las cuales tendrán
naturaleza de remunerativos a todos los efectos.
Los
importes de los adicionales
legales y convencionales
que
resultaren de tomar como base cálculo el salario básico convencional,
a los fines de su pago, deberán ser calculados de conformidad con los
valores establecidos en
las nuevas escalas de...
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