Corte Constitucional

Páginas: 27 (6532 palabras) Publicado: 19 de noviembre de 2012
Sentencia No. C-002/96

TRATADO INTERNACIONAL-Celebración

El Presidente de la República celebra los tratados internacionales, bien participando en forma directa en el proceso de negociación y firma o ya actuando, en los diferentes pasos que integran el acto complejo en que consiste la celebración de un tratado internacional por intermedio de representantes revestidos de plenos poderes o depoderes restringidos para representar al Estado en la negociación, la adopción u otros actos relativos al convenio de que se trate, así como para expresar el consentimiento estatal en obligarse por él, todo sobre la base de que tales funcionarios sean designados por el Jefe del Estado en ejercicio de la facultad de nominación de los agentes diplomáticos que le ha sido conferida por la CartaPolítica, de tal manera que las actuaciones llevadas a cabo por ellos están sujetas, en todo caso, a la posterior confirmación del Presidente antes de que el Tratado sea remitido al Congreso para su aprobación.

TRATADO INTERNACIONAL-Control de constitucionalidad

El control de constitucionalidad de los tratados incluye necesariamente la comprobación sobre los poderes del firmante en cuanto se tratede convenios en cuya negociación y firma hubiese participado Colombia, mas por sustracción de materia no puede tener lugar en los casos en que, no habiendo tomado parte el Estado colombiano, éste se dispone a manifestar su consentimiento ante el Derecho Internacional mediante la adhesión posterior a un tratado multilateral.

PROYECTO DE LEY-Término del debate/PROYECTO DE LEY-Días hábiles einhábiles

Los días que deben transcurrir entre el primero y el segundo debate y entre la aprobación del proyecto en una cámara y la iniciación del debate en la otra no deben ser necesariamente hábiles, pues la consideración de los textos que habrán de ser votados puede tener lugar también en el tiempo no laborable, según las disponibilidades de cada congresista, a la vez que en los lapsoscontemplados, aún tratándose de días comunes, puede la ciudadanía expresarse. Los días que deben transcurrir, según lo estatuído en la Constitución, deben ser días completos, por lo cual, para su cómputo, no pueden ser contados los días en que se produjeron los respectivos debates.

CONVENIO DE PARIS-Objeto/PROPIEDAD INDUSTRIAL

Por medio del Convenio de Paris, se constituye entre los Estados signatariosla Unión para la protección de la propiedad industrial y se fijan las reglas acogidas por ellos en cuanto a la operación y actividad de la misma. Se trata aquí de integrar, en sus aspectos jurídicos, el reconocimiento y las formas de regulación de elementos que tienen indudable trascendencia en las actividades de la industria, el comercio y los servicios, tales como los relativos a patentes,marcas, nombres, dibujos y modelos, no menos que la prevención y represión de la competencia desleal.

-Sala Plena-

Ref.: Expediente L.A.T. 044

Revisión de constitucionalidad de la Ley 178 del 30 de agosto de 1995, que había sido numerada como Ley 178 del 22 de diciembre de 1994, "Por medio de la cual se aprueba el Convenio de París para la protección dela propiedad industrial", hecho en París el 20 de marzo de 1883, con las respectivas revisiones posteriores.

Magistrado Ponente:
Dr. JOSE GREGORIO HERNANDEZ GALINDO


Sentencia aprobada en Santa Fe de Bogotá, D.C., según consta en acta del dieciocho (18) de enero de mil novecientos noventa y seis (1996).

De la SecretaríaJurídica de la Presidencia de la República se recibió fotocopia autenticada de la Ley 178 del 30 de agosto de 1995, que había sido numerada como Ley 178 del 22 de diciembre de 1994, "Por medio de la cual se aprueba el Convenio de París para la protección de la propiedad industrial", hecho en París el 20 de marzo de 1883, revisado en Bruselas el 14 de diciembre de 1900, en Washington el 2 de...
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