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Artículo 2o.- Para los efectos de este Reglamento se entenderápor:
Ley: La Ley Federal del Derecho de Autor;
Secretaría: La Secretaría de Educación Pública;
Secretario: El Secretario de Educación Pública;
Instituto: El Instituto Nacionaldel Derecho de Autor;
Director General: El Director General del Instituto Nacional del Derecho de Autor;
Registro: El Registro Público del Derecho de Autor;
Diario Oficial: El DiarioOficial de la Federación;
Código Penal: El Código Penal para el Distrito Federal en Materia de Fuero Común y para toda la República en Materia de Fuero Federal;
Código Civil: El Código Civilpara el Distrito Federal en Materia Común y para toda la República en Materia Federal;
Reserva: La Reserva de Derechos al Uso Exclusivo;
Sociedades: Las Sociedades de Gestión Colectiva.Artículo 3o.- Los trámites y procedimientos que se realicen ante el Instituto, serán objeto de pago de derechos conforme a las cuotas que para cada caso se señale en la Ley Federal de Derechos.
Artículo4o.- Salvo disposición legal o reglamentaria en contrario, todo trámite contemplado en la Ley o en este Reglamento tendrá un plazo de respuesta oficial de diez días hábiles.
Transcurrido sinrespuesta el plazo aplicable, se entenderá la resolución en sentido negativo al promovente.
TÍTULO II: DEL DERECHO DE AUTOR
CAPÍTULO I: DEL DERECHO MORAL
Artículo 5o.- El ejercicio de losderechos morales por parte del Estado Mexicano corresponde a la Secretaría a través del Instituto.
Artículo 6o.- El propietario del soporte material de una obra literaria y artística no seráresponsable, en ningún caso, por el deterioro o destrucción de la obra o de su soporte material causado por el simple transcurso del tiempo o por efecto de su uso habitual.
Artículo 7o.- La preservación,...
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