Decreto simplificación tributaria del 30 de junio de 2010
Integración Fiscal Corporativa
Decreto por el que se otorgan facilidades administrativas en materia de simplificación tributaria (DOF 30 de junio de 2010)
Elaborado por:
L.C. y E.F. Luis Enrique Angón Velázquez
Isabel la Católica 954 Josefa Ortiz de Domínguez. 03430 Benito Juárez, México, D. F. Tel. 5590 9044
integracionfiscal@prodigy.net.mxDecreto simplificación tributaria
DECRETO por el que se otorgan facilidades administrativas en materia de simplificación tributaria (DOF 30 de junio de 2010) El Ejecutivo Federal promulgó mediante publicación en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el día 30 de junio, el “Decreto por el que se otorgan facilidades administrativas en materia de simplificación tributaria” (documento al quedenominaremos “DECRETO”, en lo sucesivo). Bajo una serie de consideraciones, en las que el Gobierno Federal, da cuenta o parece que apenas se da cuenta (como si nunca se hubiera percatado de ello), establece los motivos que llevan a la publicación del “Decreto”, entre los cuales podemos destacar: La estructura del sistema fiscal actual resulta compleja y onerosa, “en algunos casos” (sic), tanto para elcontribuyente como para la autoridad. A través de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) tomó en consideración para efectos de elaborar el “Decreto”, diversos estudios realizados por organismos internacionales, cámaras y organizaciones, en relación al punto anterior. Que en los último años se han implementado diversas medidas de simplificación tributaria (sic), entre otras, lapresentación de las declaraciones, de pago e informativas, vía internet. Comentario: Si en los último años anteriores, ya se habían tomado medidas de simplificación tributaria, ¿para qué tomar ahora estas medidas?, por tanto, ¿es la simplificación de la simplificación?, ¿la simplificación ha estribado en “ahorrar” el tiempo que se requiere para acudir a una sucursal bancaria más el tiempo de espera en lafila, a cambio del tiempo que ahora se requiere (¿gastar o invertir?, productivamente hablando para las empresas) para llenar declaraciones con un mayor grado de detalle e informar de manera muy precisa y puntual a la autoridad, a través de declaraciones que solicitan procedimientos de cálculo, datos y una serie de información que pasó de lo anual a lo mensual?. Que los avisos de compensaciónpueden ser presentados vía Internet, lo cual el grueso de los contribuyentes está muy reacio y escéptico al cumplimiento de esta obligación a través de medios electrónicos, debido a que cuando se presenta el aviso de esta manera no se tiene una respuesta inmediata por parte de la autoridad para saber que quedó aceptado al menos el ingreso del aviso, tal y como sucede como cuando se deja el aviso en lasventanillas de las oficinas de la autoridad, ya que el tiempo que tarda en promedio actualmente la autoridad es de 2 a 3 meses y que el aviso no queda como cumplido en su presentación hasta que se tiene respuesta favorable de la autoridad, lo cual deja en incertidumbre a los contribuyentes. Desde mi personal punto de vista, de otra manera no podemos terminar de explicarnos porqué, pese a estevínculo de comunicación entre la autoridad y los contribuyentes para cumplir con esta obligación, sigue saturado el sistema de citas del SAT y, por ende, sus oficinas cada día para poder presentar los avisos. En relación a los contribuyentes que presentan sus declaraciones de pagos provisionales y definitivos a través del “Servicios de Declaraciones y Pagos”, que en términos generales aplica entreotros a las personas morales que obtuvieron en el año anterior, ingresos acumulables mayores a los 500 millones de pesos, se señala que cuando declaren saldos a favor, pueden optar por compensarlo contra pagos que realicen a través del mismo servicio, quedando relevados de presentar el aviso de compensación. Sí, es una verdad a medias dentro de la exposición de motivos del Decreto, ya que si...
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