Decreto n°355

Páginas: 23 (5551 palabras) Publicado: 10 de febrero de 2011
Tipo Norma Fecha Publicación Fecha Promulgación Organismo Título Tipo Version Inicio Vigencia URL

:Decreto 355 :25-08-1990 :03-07-1990 :MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL :APRUEBA REGLAMENTO DEL HOSPITAL DE LA DIRECCION DE PREVISION DE CARABINEROS DE CHILE :Unica De : 25-08-1990 :25-08-1990 :http://www.leychile.cl/Navegar/?idNorma=12619&idVersion=1990 -08-25&idParte

APRUEBA REGLAMENTO DELHOSPITAL DE LA DIRECCION DE PREVISION DE CARABINEROS DE CHILE Santiago, 3 Julio 1990.- Hoy se ha decretado lo siguiente: Núm. 355.- Visto: a) Lo expuesto por la Contraloría General de la República en su oficio N° 13.867, de 10 de Mayo de 1990; b) Lo solicitado por la Dirección de Previsión de Carabineros de Chile en su oficio reservado N° 153, de 24 de Mayo de 1990, y c) Lo establecido en el DecretoLey N° 844, de 1975; artículos: 5° del Decreto Ley N° 1.812, de 1977; 32°, N° 8, de la Constitución Política de la República de Chile. Decreto: 1°.- Apruébase el siguiente Reglamento del Hospital de la Dirección de Previsión de Carabineros: TITULO I {ARTS. 1-34} Del Hospital de la Dirección de Previsión de Carabineros de Chile CAPITULO I {ARTS. 1-2} Dependencia y Finalidad Artículo 1°.- El Hospitales una dependencia administrativa de la Dirección de Previsión de Carabineros de Chile que tiene por función dispensar atención médica integrada, mediante acciones de protección, fomento y recuperación de la salud, a las personas afectas a su régimen previsional; a sus familiares con la extensión que determina este reglamento, y a terceros ajenos al citado régimen, según lo disponga el Director dePrevisión, en uso de las facultades que le confiere el artículo 4° del Decreto Ley N° 1.812, de 1977. Artículo 2°.- Sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo anterior, y en conformidad a lo previsto en el artículo 5° del precitado decreto ley, la Dirección de Previsión de Carabineros de Chile y la Dirección General de Carabineros determinarán, de común acuerdo, los aspectos relativos a lapolítica de salud que deberá cumplir el Hospital en cuanto a la integración de sus prestaciones con las otorgadas en el Hospital de Carabineros. El Director de Previsión ejercerá las atribuciones legales y reglamentarias que le han conferido las normas vigentes, en su calidad de administrador del "Fondo Hospital de la Dirección de Previsión de Carabineros de Chile", creado mediante el decreto ley N°1.812, de 1977, velando por mantener la más completa coordinación respecto de los objetivos previstos en el inciso anterior. CAPITULO II {ARTS. 3-34} Organización Artículo 3°.- El Hospital estará organizado de la siguiente forma; a) Dirección; b) Subdirección Médica; c) Subdirección Administrativa; d) Divisiones, y e) Secciones. Párrafo 1° {ARTS. 4-7} Dirección del Hospital Artículo 4°.- LaDirección del Hospital será ejercida por un Director, cuyo cargo lo proveerá el Director de Previsión, en conformidad a sus atribuciones legales, o el

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General Director de Carabineros, cuando se resuelva destinar a un Oficial Superior de esa Institución, de acuerdo a lo estatuido en el artículo 15°, inciso primero, del decreto ley N° 844, de1975, en el artículo 54° del decreto supremo N° 103, de 1975, del Ministerio de Defensa Nacional, Subsecretaría de Carabineros, y en el artículo 37° de este reglamento. Al Director del Hospital le corresponderá, en general, administrar de manera permanente y eficaz, con los recursos asignados, todas las acciones que aseguren el otorgamiento de prestaciones de salud integrales a los usuarios delsistema, en conformidad a las políticas, planes y programas aprobados al efecto. Artículo 5°.- Para el cumplimiento de lo previsto en el artículo anterior, el Director del Hospital deberá: a) Planificar las acciones de índole técnico-administrativa; b) Ejécutar las políticas de salud y de acción determinadas por el establecimiento hospitalario; c) Organizar los recursos humanos, financieros y...
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