Deduccion De Gastos De Viaje No Deducibles

Páginas: 8 (1901 palabras) Publicado: 25 de enero de 2013
Enero

Núm. 2013-2

CRITERIO NO VINCULATIVO
SOBRE LA DEDUCCIÓN DE GASTOS DE VIAJE
C.P.C. L U I S I G NA CI O S Á N C HE Z G UT I É RRE Z
I nt e gr a nt e d e la C om is ió n Fis c a l d e l I M CP

DIRECTORIO C.P.C. Carlos Cárdenas Guzmán
PRESIDENTE

C.P.C. Luis González Ortega
VICEPRESIDENTE GENERAL

C.P.C. Leobardo Brizuela Arce
VICEPRESIDENTE DE RELACIONES Y DIFUSIÓN

C.P.C.Pedro Carreón Sierra
VICEPRESIDENTE FISCAL

C.P.C. Héctor Villalobos González
PRESIDENTE DE LA COMISIÓN FISCAL

C.P.C. Antonio C. Gómez Espiñeira
RESPONSABLE DE ESTE BOLETÍN

“LOS COMENTARIOS PROFESIONALES DE ESTE ARTÍCULO SON RESPONSABILIDAD DEL AUTOR, SU INTERPRETACIÓN SOBRE LAS
DISPOSICIONES FISCALES PUEDE DIFERIR DE LA EMITIDA POR LA AUTORIDAD FISCAL”

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INTEGRANTES DE LACOMISIÓN FISCAL DEL IMCP Acosta Michel, Fernando Luis Aguilar Millán, Federico Amezcua Gutiérrez, Gustavo Arellano Godínez, Ricardo Barroso Degollado, J avier Cámara Flores, Víctor Manuel Cantú Suárez, Nora Elia De Anda Turati, J osé Antonio De los Santos Anaya, Marcelo De los Santos Valero, J avier Díaz Guzmán, Eduardo Erreguerena Albaitero, J osé Miguel Eseverri Ahuja, J osé Ángel FernándezFernández, J osé Luis Franco Gallardo, J uan Manuel Gallegos Barraza, J osé Luis Gómez Espiñeira, Antonio C. Hernández Cota, J osé Paul Lomelín Martínez, Arturo Manrique Díaz Leal, Enrique A. Manzano García, Ernesto Mena Rodríguez, Ricardo J avier Moguel Gloria, Francisco Ortiz Molina, Óscar Arturo Pérez Sánchez, Armando Puga Vértiz, Pablo Reyes Rodríguez, Gabriel Ríos Peñaranda, Mario J orge Sainz Orantes,Manuel Sánchez Gutiérrez, Luis Ignacio Villalobos González, Héctor Wilson Loaiza, Francisco Miguel

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CRITERIO NO VINCULATIVO SOBRE LA
DEDUCCIÓN DE GASTOS DE VIAJE
C.P.C. L U I S I G NA CI O S Á N C HE Z G UT I É RRE Z
I nt e gr a nt e d e la C om is ió n Fis c a l d e l I M CP

E

l pasado 31 de diciembre, por medio del Anexo 3 de la Resolución Miscelánea para 2013, el SAT publicóun nuevo “Criterio no vinculativo” en el que se señala la no deducibilidad para efectos del Impuesto Sobre la Renta (ISR), de los gastos de viaje cuando son erogados por empresas en beneficio de personas con las que no se tenga una relación laboral o un contrato de servicios profesionales. A continuación se transcribe el criterio mencionado:
08/ISR. Gastos a favor de tercero. No son deduciblesaquéllos que se realicen a favor de personas con las cuales no se tenga una relación laboral ni presten servicios profesionales. El artículo 31, fracción I de la Ley del ISR establece que las deducciones autorizadas en el Título II de dicha Ley deben ser estrictamente indispensables para los fines de la actividad del contribuyente. Asimismo, la fracción XII del artículo referido dispone, contrariosensu, que no serán deducibles los gastos de previsión social cuando las prestaciones correspondientes no se otorguen en forma general en beneficio de todos los trabajadores. Por su parte, el artículo 32, fracción V de la Ley del ISR, indica que no serán deducibles los viáticos o gastos de viaje, en el país o en el extranjero, cuando no se destinen al hospedaje, alimentación, transporte, uso o gocetemporal de automóviles y pago de kilometraje, de la persona beneficiaria del viático y que las personas a favor de las cuales se realice la erogación, deben tener relación de trabajo con el contribuyente en los términos del Capítulo I del Título V de dicha Ley o deben estar prestando servicios profesionales. En ese sentido, no son erogaciones estrictamente indispensables aquéllas que se realizancuando no exista relación laboral o prestación de servicios profesionales entre la persona a favor de la cual se realizan dichas erogaciones y el contribuyente que pretende efectuar su deducción, aun cuando tales erogaciones se encontraran destinadas a personal proporcionado por empresas terceras. Por lo anterior, se considera que realizan una práctica fiscal indebida los contribuyentes que...
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