derecho registral
Se considera Registrador o Registradora, según la Ley del Registro Público y del Notariado (L.R.P.N), al funcionario o funcionaria del Ministerio del Interior y Justicia, adscritoo adscrita al Servicio Autónomo de Registros y Notarías y es responsable del funcionamiento de su dependencia.
-Requisitos para ser Registrador o Registradora
En conformidad con la L.R.P.Nen su art.15, establece que los requisitos para ser Registrador o Registradora son los siguientes:
• Se requiere ser venezolano o venezolana
• Mayor de edad
• Abogado o abogada, con no menos decinco años de experiencia profesional
-Responsabilidad y penas de los Registradores o Registradoras
De acuerdo con el art.18 de la L.R.P.N:
“El Registrador o Registradora titular responderádisciplinaria, administrativa, civil y penalmente por sus actos.
Son deberes de los registradores o registradoras titulares:
1. Admitir o rechazar los documentos que se les presenten para su registro.2. Dirigir y vigilar el funcionamiento de la dependencia a su cargo.
3. Dar oportuna respuesta a los ciudadanos y ciudadanas.
4. Los demás deberes que la ley les imponga.”
Según la Ley del Estatutode la Función Pública, en su art.81
“Corresponderá al Ministerio Público intentar las acciones a que hubiere lugar para hacer efectiva la responsabilidad civil, penal, administrativa o disciplinariaen que hubieren incurrido los funcionarios o funcionarias públicos con motivo del ejercicio de sus funciones. Sin embargo, ello no menoscabará el ejercicio de los derechos y acciones que correspondana los particulares o a otros funcionarios o funcionarias públicos, de conformidad con la ley.”
-Causales de remoción
Los registradores o registradoras, titulares, suplentes o auxiliares, losnotarios o notarias, los jefes de servicio revisor, abogados revisores, administradores y contadores que ejerzan funciones de coordinación, adscritos al Servicio Autónomo de Registros y Notarías,...
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