DERECHO ROMANO: MUTUO Y COMODATO
Aunque estos dos contratos presentan un punto en común que es latransmisión temporal de la posesión de la cosa, ya sea fungible en el caso del mutuo, o no fungible en el caso del comodato, las condiciones adyacentes a dichas transmisión hacen del mutuo y delcomodato dos figuras muy diferentes. La diferencia esencial está en la clase de cosas objeto del préstamo y su destino respectivo. En el mutuo el destino es el consumo por lo que la cosa será consumible ofungible, siendo su obligación la restitución de una idéntica cantidad de cosas de la misma especie y calidad. En el comodato su destino es el uso, devolviendo exactamente lo mismo prestado y en lasmismas condiciones por lo que la cosa no debe ser consumible o fungible.
Desde el derecho Romano, a partir de la Ley qui re contrahuntur de la Instituta Justinianea, el Mutuo y el Comodato, junto conel depósito y la prenda, pasaron a constituir una categoría de contratos que posteriormente se designaron como reales, en los cuales la simple tradición de la cosa comportaba su perfección.
El mutuoera la convención por la cual una persona entregaba en propiedad a otra una determinada cantidad de cosas fungibles con la obligación de restituirlas dentro de cierto plazo por otro tanto del mismogenero y calidad.
El comodatos era la convención por la cual una persona entregaba gratuitamente a otra el uso de una cosa no fungible, asumiendo la obligación de devolverla en lugar y tiempoconvenidos. Se diferenciaba del mutuo porque mientras el comodatario solo adquiria el uso de la cosa prestada, que seguía siendo propiedad del comodatante, el mutuario adquiría la propiedad de la misma, la...
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