Derecho a saber
TITULO VI DE LA OBLIGACION DE INFORMAR DE LOS RIESGOS LABORALES (DERECHO A SABER - DECRETO SUPEREMO Nº 40)
De acuerdo a lo establecido en el Decreto Supremo Nº 40“Apruébese el siguiente reglamento sobre prevención de riesgos profesionales, titulo VI de la obligación de informar de los riesgos laborales.
Art. Nº 21. “Los empleadores tiene la obligación de informaroportuna y convenientemente a todos sus trabajadores acerca de los riesgos que entrañan sus labores, de las medidas preventivas y de los métodos de trabajo correctos. Los riesgos son los inherentes a laactividad de cada empresa.
Especialmente deben informar a los trabajadores acerca de los elementos, productos y sustancias que deban utilizar en los procesos de producción o en su trabajo, sobre laidentificación de los mismos (fórmula, sinónimos, aspecto y olor), sobre los límites de exposición permisibles de esos productos, acerca de los peligros para la salud y sobre las medidas de control yde prevención que deben adoptar para evitar tales riesgos.
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Principales Riesgos
No uso EPP (zapatos de seguridad, si lo amerita guantes, mascarilla yotros) No correr en los pasillos No correr en las escaleras (usar pasamanos) Riesgos en maquinas (cortes, atropamientos, caídas) Riesgos eléctricos Caídas al mismo nivel Caídas a distinto nivelRiesgos de incendios o sismos Exposición y Ruidos Sobreesfuerzo Contacto con el fuego u objetos calientes Agresión por asalto y robos Golpes por o con Golpes contra Atrapamientos Quemaduras Proyección departículas Riegos de cargas y descargas de materiales Contacto con objetos cortantes Riesgos ambientales Sismos o terremotos
Prohibiciones
Uso de fuego Fumar en lugares no autorizadosAlcohol y drogas Vocabulario que no sea adecuado Acoso sexual El no cumplimiento del Reglamento Interno de Orden y Seguridad
Declaro recibir y tomar Conocimiento del Derecho a Saber donde se me...
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