Derecho
Sin perjuicio y previa afiliación alsistema de seguridad social, cualquier persona podrá afiliarse voluntariamente a planes complementarios de pensiones de vejez bajo administración del sector privado, público o mixto regulado por elEstado.
Financiamiento de las pensiones de vejez o jubilaciones
La pensión de vejez o jubilación será financiada con las contribuciones de los empleadores y trabajadores y, de los trabajadores nodependientes con ayuda eventual del Estado en los casos en que sea procedente, conforme a lo establecido en la ley que regule éste Régimen Prestacional. (Art. 66 LOSSS.)
Aquellas personas que no esténvinculadas a alguna actividad laboral, con capacidad contributiva, podrán afiliarse al Sistema de Seguridad Social y cotizarán los aportes correspondientes al patrono y al trabajador y en consecuenciaserán beneficiarios a la pensión de vejez.
Pensiones e indemnizaciones por discapacidad, viudedad, orfandad y por accidentes y enfermedades de origen común
Requisitos y ajustes de pensiones devejez o jubilaciones
Los requisitos para acceder a cada tipo de pensión, la cuantía y el monto de las cotizaciones, se establecerán en la ley del Régimen Prestacional de Pensiones y Otras AsignacionesEconómicas, atendiendo a los estudios actuariales y financieros pertinentes. Asimismo, en dicha ley se fijarán los requisitos y procedimientos necesarios para establecer las cotizaciones distintas...
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