Derecho
Catedrático: Armando Rivera Quezada
Alumno: Jorge Arturo Aguilar Gámez
ABORTO
Reporte de Lectura
(Código Penal para el Estado de San Luis Potosí)
ARTICULO 128.Comete el delito de aborto quien causa la muerte del producto de la concepción en cualquier momento de la preñez.
Este delito se sancionará con las siguientes penas:
I. A la madre que voluntariamenteprocure su aborto o consienta en que otro la haga abortar se le impondrá una pena de uno a tres años de prisión y sanción pecuniaria de veinte a sesenta días de salario mínimo;
II. Al que lo realicecon el consentimiento de la mujer embarazada se le impondrá una pena de uno a tres años de prisión y sanción pecuniaria de veinte a sesenta días de salario mínimo, y
III. Al que lo realice sin elconsentimiento de la mujer embarazada se le impondrá una pena de tres a ocho años de prisión y sanción pecuniaria de sesenta a ciento sesenta días de salario mínimo.
ARTICULO 129. Al profesionista de lamedicina o partero que cause el aborto se le impondrán las penas previstas en el artículo anterior y además será suspendido hasta por cinco años en el ejercicio de su profesión.
ARTICULO 130. No espunible la muerte dada al producto de la concepción cuando:
I. Aquélla sea resultado de una acción culposa de la mujer embarazada;
II. El embarazo sea resultado de un delito de violación oinseminación indebida. En estos casos, no se requerirá sentencia ejecutoria sobre la violación o inseminación indebida, sino que bastará con la comprobación de los hechos, y
III. De no provocarse el aborto,la mujer embarazada corra peligro de muerte a juicio del médico que la asista, oyendo el dictamen de otro médico, siempre que esto fuere posible y no sea peligrosa la demora.
Introducción
Es lainterrupción del embarazo antes de los 180 días de gestación, pudiendo ser espontáneo, natural, o provocado. Las cuales definiremos cada uno de los tipos de abortos más adelante.
Hay tres...
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