derecho
la expresión domicilio esta referida a ala jurisdicción y no específicamente a la dirección. el domicilio legal a para las personas jurídicas implica la competencia delorganismo de control pertinente de acuerdo a su ámbito territorial.
Como domicilio fiscal requiere: que las fundaciones declaren su domicilio legal o sea el señalado en sus estatutos o enla autorización que se les dio para funcionar.
En sus efecto, el lugar a de su dirección o administración principal, o el lugar a de reunión habitual del cuerpo de administración.
Unamodificación del domicilio legal a implica la necesidad de denunciar la reforma correspondiente del estatuto. Se altera la jurisdicción de competencia del organismo de control.
I.Cambio de domicilio a jurisdicción nacional.
En el caso de que una fundación de la jurisdicción provincial, resolviera trasladar su domicilio a jurisdicción nacional, deberápresentar ante la inspectoria general de justicia los siguientes elementos:
1. Copia legalizada del acta constituida y sus eventuales reformas.
2. Copia del acta de la asamblea queresolvió el cambio de domicilio y del registro de asistencia de asociados.
3. Nomina de los integrantes de los órganos de administración y fiscalización con sus datos personales y fecha determinación de sus mandatos.
4. Texto ordenado del estatuto social si no estuviera transcripto en el acta de la asamblea.
5. Ultimo balance general aprobado certificado porcontrolador publico matriculado y suscripto por las autoridades sociales.
6. Copia legalizada de la resolución de la autoridad de control de la provincia que aprobó el cambio de domicilio.Autorizada a funcionar en jurisdicción nacional, la entidad deberá acreditar la cancelación de su personería en jurisdicción provincial dentro de los sesenta días de notificada.
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