derecho
Capitulo Primero
La Huelga
Artículo uno: El derecho de huelga en el ámbito de las relaciones laborales, podrá ejercerse en los términos previstos en este Real Decreto-Ley.
Artículo dos: Son nulos los pactos establecidos en contratos individuales de trabajo que contengan la renuncia o cualquier otra restricción al derecho de huelga.
Artículo tres: 1- Ladeclaración de huelga, rige la adopción de acuerdo expreso, en cada centro de trabajo.
2- Están facultados para acordar la declaración de la huelga:
a) Los trabajadores, a través de sus representantes. Elacuerdo será adoptado, a la reunión, a la que abra que asistir al menos el 75% de los representantes, se levantara acta, que deberán firmar los asistentes.
b) Directamente los propios trabajadoresdel centro de trabajo, afectados por el conflicto, cuando el 25% de la plantilla decida se someta a votación de dicho acuerdo.
3-El acuerdo de declaración de huelga habrá de ser comunicado alempresario o empresarios afectados y a la autoridad laboral por los representantes de los trabajadores. La comunicación de huelga deberá hacerse por escrito y notificada con cinco días de antelación, a sufecha de inicio.
Artículo cuatro: Cuando la huelga afecte a empresas encargadas de cualquier clase de servicios públicos, el preaviso del comienzo de huelga al empresario y a la autoridad laboral habráde ser, al menos, de diez días naturales.
Artículo cinco: Solo podrán ser elegidos miembros del comité de huelga de trabajadores del propio centro de trabajo.
La composición del comité no podráexceder de doce personas.
Artículo seis: 1- El ejercicio del derecho de huelga no extingue la relación de trabajo, ni puede dar lugar a sanción alguna, salvo que el trabajador, durante la misma,incurriera en falta laboral.
2- Durante la huelga se entenderá suspendido el contrato de trabajo y el trabajador no tendrá derecho al salario.
3- El trabajador en huelga permanecerá en situación de...
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