Derecho
El primer límite aconsiderar, es el de que las medidas cautelares, no pueden transformarse en una solución para las situaciones jurídicas procesales pasivas que afectan al solicitante. Es decir, que el C.G.P establece una seriede cargas para las partes que participan en el proceso, como son la carga de la alegación, la contradicción, la prueba y la comparecencia, y que quien no las cumpla en las oportunidades previstas entiempo y forma sufrirá las consecuencias desfavorables que la norma procesal le impone, y no podrán ser subsanadas por una medida cautelar que suspenda la ejecución de una providencia definitivaporque esto significaría otorgarle una segunda oportunidad a quien incumple.
El segundo límite, a determinar en la potestad cautelar genérica del tribunal es el que tiene relación con la carga de laimpugnación y la imposibilidad de que la medida cautelar se transforme en un sucedáneo de los medios impugnativos.
Es decir que no se puede lograr el efecto de inaplicar una resolución judicial que causaagravio a una de las partes a través del dictado de una medida cautelar cuando lo que hubiera correspondido era deducir en tiempo y forma los medios impugnativos que resulten aplicables.
Se debeprecisar aquí, que hay que distinguir los casos en que se busca la adopción de medidas cautelares en oportunidad de tramitarse algún recurso. Se trata de las hipótesis de los Art. 260, 275 y 289 delC.G.P., en los que se admite la adopción de medidas cautelares cuando se tramiten los recursos de apelación, casación y reposición.
El tercer límite a considerar, en la potestad cautelar genérica es elque define los principios de competencia e independencia de los tribunales.
PRINCIPIO DE INDEPENDENCIA: este principio está recogido expresamente por el Art. 21.2 del C.G.P., que significa que cuando...
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