derecho
real del poseedor, y, por consiguiente, la intención realmente manifestada, con inde
pendencia de cualquiersituación jurídica objetiva.28
La diferencia entre las distintas teorías acerca de la posesión se encuentra en cómo
entienden cada uno de los autores al corpus y al animus.
En el cuadro 8.1 se comparan lastres teorías.
8.4 Posesión en nuestra legislación
Analizados los antecedentes romanos y franceses acerca de la posesión, así como
las teorías objetiva, subjetiva y ecléctica, queda estudiar laposesión conforme a
nuestra legislación. Para ello, se estudiarán los puntos más sobresalientes.
8.4.1 Concepto
El Código Civil de 1870, siguiendo el proyecto del código civil español, define laposesión en el art. 919 de la siguiente manera: “Posesión es la tenencia de una
cosa o goce de un derecho por nosotros mismos o por otro en nuestro nombre.”
En esta definición se pueden identificardos aspectos:
a) La posesión como tenencia de una cosa corporal por nosotros mismos o por
otro en nuestro nombre, implica la tenencia en virtud del derecho íntegro de
propiedad.
b) La posesión comogoce de un derecho, significa el desmembramiento del de
recho de propiedad ejercido por nosotros mismos o por otros en nuestro
nombre.
Siguiendo el Código Civil de 1870, se puede inferir que paraposeer es necesaria
la tenencia de la cosa con ánimo de adquirirla para sí.29
La posesión, en esta antigua legislación, necesitaba de una cosa corporal, de
modo que los derechos, en estrictosentido, no eran susceptibles de posesión, pero
su ejercicio y la tolerancia de las personas obligadas a respetarlos, que constituyen
una tenencia moral similar a la tenencia física, hicieron ladenominada cuasiposesión.
Nuestro Código Civil vigente comete un error en el art. 790 y complica el
análisis de la posesión. Dicho error consiste en que se define al poseedor, en lugar
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