derecho
Ejecución por obras
públicas
4.6.7 Obligaciones
4.6.8 diferencias con las obras por cooperación
4.6.7 Obligaciones
Ley de hacienda para los
municipios del estado deGuanajuato.
ARTÍCULO
229.
contribución
es
el
pago
obligatorio que deberán efectuar al
Fisco
Municipal,
los
propietarios
o
poseedores, en su caso, de bienes
inmuebles que resultenbeneficiados por
una obra pública.
Esta
Los
propietarios o
poseedores
Que
resulten
beneficiado
FISCO
s
Efectúan el
pago
obligatorio
ARTÍCULO
230.
Están obligados a pagaresta contribución
los propietarios o poseedores cuyos
inmuebles se encuentren ubicados con
frente a la arteria donde se ejecuten las
siguientes obras de urbanización:
I Banquetas
y
guarniciones.
V.
ALUMBRADO
PÚBLICO
II Pavimento.
VI.
INSTALACIÓN
DE DRENAJE.
III.
ATARGEAS
VII.
APERTURA
DE NUEVAS
VÍAS
PÚBLICAS
IV. INTALACIÓN
DE REDES DE
DISTRIBUCION
DE AGUAPOTABLE
VIII.JARDINEZ
Y OBRAS DE
EQUIPAMIENT
O HUMANO.
ARTÍCULO 231. El monto total de la contribución
no podrá exceder del costo de la obra
de que se trate.
ARTÍCULO 232. Elcosto por derrama de una
obra pública lo constituye el importe de los
siguientes conceptos:
I. Estudios, proyectos y gasto generales;
II. Indemnizaciones;
III.Materiales y mano de obra;
IV. Intereses y gastos financieros.
ARTÍCULO 235. Las obras públicas afectadas a esta contribución se
llevarán a cabo conforme a las siguientes etapas:
I. Aprobación de la obra y su costo;
II. Determinación de la base para el cobro de la contribución y la cuota
correspondiente;
III. Construcción de la obra y su cobranza.
ARTÍCULO 236. Para la aprobación de la obra y su costo, se
convocará a una asamblea a los contribuyentes
cuyos inmuebles se encuentren ubicados con
frente a la obra.
En dicha...
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