Derecho
REFORR'IAS DE 1988 A L . LEGISLACIO& C IVIL EN M ATElIIA
D E D ERECHO INTEKN.4CIONAL PRIVADO
M
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Victor Carlos G ARC~A ~ K E N O
El d ía 7 d e enero de 1988 el DiarioOficial publicó dos decretos:
1) Por el que se reforma y adiciona el Cúd'go Civil para el Distrito
Federal en Materia Común y para toda la República en Materia Federal; y,
2) Por el q ue se reforma yadiciona el Código de Pvocedimientos
Civiles para cl Distrito Federal.
Asimismo el dia 12 de enero de 1988 el Diario Oficial publicó u n
Decreto por el que se reforma y adiciona el C ódigo Federalde P rocedimientos Civiles.
Cabe señalar que las reformas a que se alude se refieren a modificaciones en materia de Derecho Internacional Privado.
De acuerdo a la breve exposición de motivos de lasreformas tanto
del Código Civil como del Código de Procedimientos Civiles del Distrito Federal se lee que "El derecho, entendido como un promotor
del cambio social, no puede permanecer estáticofrente a las transformaciones que presente la dinámica social. Las crecientes relaciones
económicas, politicas, sociales y culturales que se establecen diariamente
entre las personas que integrannuestra sociedad y aquellas que pertenecen a otros estados que conforman el concierto internacional, han
mostrado la necesidad de buscar soluciones más acordes con la época
actual".
Agrega, después demencionar algiinas d e las convenciones de las
,
CIDIP 1 11 y 111, q ue se procede a reformar la legislación nacional
pdra ajustarla a "los principios enmarcados de las convenciones" referidas. Asi,pues, las reformas "tienen como propúsito l a adecuación d e
nuestras leyes.. . respecto de las rlisposiciones contenidas en las citadas
convenciones, pues no obstante que éstas constituyen derechovigente
en nuestro país, a l haber sido legalmente celebradas, aprobadas y proProfcsor d e Derecho Internaciorial P rivada, Facultad de Derecho, U NAhl
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V ~ C ~ O CARLOS GARCÍA ORENO
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