Derecho

Páginas: 59 (14585 palabras) Publicado: 26 de febrero de 2013
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UNIÓN INTERNACIONAL
DEL NOTARIADO LATINO

Tema III

PERSONA, FAMILIA y SUCESIONES
Experiencias en Ibero América

Título: RÉGIMEN DE LASCONVENCIONES MATRIMONIALES EN EL DERECHO INTERNACIONAL PRIVADO DESDE LA PERSPECTIVA NOTARIAL, EN RELACIÓN CON LOS ACTOS DE DISPOSICIÓN DE BIENES ENTRE VIVOS Y POR CAUSA DE MUERTE.

Autor: Notario María Marta Luisa Herrera.

Integrante delColegio de Escribanos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Entidad miembro del Consejo Federal del Notariado Argentino.
República Argentina.
 


















Sumario. Pág.

Ponencias.5

I. Régimen argentino. 7

II. Convenciones matrimoniales otorgadas en el país por cónyuges cuyo
Primer domicilio conyugal no radique en la República Argentina. 9

III. Oponibilidad y eficacia en nuestro territorio deconvenciones
matrimoniales celebradas en el extranjero. 17

IV. Fuente convencional: Tratados de Montevideo. 38

V. Conclusiones. 40PONENCIAS.

Cuando se plantea en sede notarial un caso de colisión de sistemas patrimoniales matrimoniales, cuanto más grande sea la disimilitud entre los sistemas involucrados será el Notario quien, como operador del derecho involucrado, deberá calificar y determinar la validez y eficacia de dichas convenciones –que pueden alterar, agravando o morigerando, el régimen patrimonialmatrimonial de nuestro ordenamiento jurídico-, y el alcance que deberá darse a su aplicación en nuestro territorio (de lege lata).


La prueba de la legislación vigente en el lugar del primer domicilio conyugal de los cónyuges que los autorice a proceder de esa manera, es una “cuestión de derecho”, pudiendo el operador de derecho recurrir a cualquier medio a los efectos de acreditar su alcance,contenido y vigencia. Es aconsejable la difusión de información relativa a los diferentes regímenes patrimoniales matrimoniales vigentes en el derecho comparado, por intermedio de los Colegios Notariales.


Sería deseable la creación de un registro que, sin alterar el contenido y régimen de las convenciones, permita a los terceros conocerlas. En el mencionado registro deberían inscribirselos matrimonios cuando estuvieran regulados por un sistema patrimonial matrimonial que no fuera el argentino, así como también los alcances de dichos regímenes en lo que respecta a la disposición y administración de bienes registrables. A este respecto podría de servir de modelo el Registro de Regimenes de bienes en el matrimonio del Código Civil Alemán (de lege ferenda).



 I. RÉGIMEN ARGENTINO.

Nuestra legislación ha adoptado un régimen forzoso, único e inmodificable por los cónyuges, esto es: de orden público. Su base es la comunidad relativa de bienes, ya que se integra la sociedad conyugal solamente con los bienes gananciales ingresados a la sociedad, no así con los bienes propios de cada cónyuge, de los que solo el uso y goce es común.La existencia de convenciones matrimoniales ha quedado reducido al mínimo de su expresión, de acuerdo con lo normado por el Código Civil, la posibilidad de celebrar convenciones entre cónyuges prevista por el artículo 1217 del mismo cuerpo legal[1][1], en realidad se reduce a la posibilidad de que los cónyuges se hagan donaciones recíprocas en ese acto y a que reconozcan los bienes aportados...
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